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22 de octubre de 1999

Venezuela: Nueva constitución debe ajustarse al marco internacional de derechos humanos

La redacción de una nueva Constitución le ofrece a Venezuela una oportunidad histórica para afianzar la protección constitucional en materia de derechos humanos, señaló hoy Amnistía Internacional.

    La organización, que ha publicado el día de hoy un documento sobre el tema dirigido a los miembros de la Asamblea Constituyente Venezolana, enfatiza que "el darle la espalda a los derechos humanos en vísperas del nuevo milenio representaría un craso error para Venezuela; un error de suma gravedad tanto para la población como para sus gobernantes."

    "Los miembros de la Asamblea Constituyente Venezolana deben recordar en todo momento la importancia de ajustarse al marco internacional de derechos humanos a la hora de finalizar la redacción de la nueva Constitución Política del país," señaló Javier Zúñiga, Director del Programa para América de Amnistía Internacional.

    "El reconocimiento inequívoco de la primacía de las normas internacionales de derechos humanos, y del carácter universal e indivisible de estos derechos, es vital para el futuro de Venezuela. Pero lejos de limitarse a proteger los derechos humanos, la nueva Constitución debe también establecer garantías destinadas a fortalecerlos tanto a nivel de la legislación nacional como en la vida diaria de todas las personas," afirmó Zúñiga.

    El documento, basado en los derechos y garantías consagrados en instrumentos internacionales de los cuales Venezuela es Estado Parte (como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos) ofrece una serie de recomendaciones dirigidas a que la población del país disfrute del máximo grado de protección en materia de derechos humanos.

    Entre otros puntos, Amnistía Internacional recomienda:

- Sobre el derecho a la vida: que la Constitución de Venezuela incluya garantías claras e inequívocas sobre el derecho a la vida, incluida la prohibición de las desapariciones forzadas y de la pena de muerte.

- Sobre la tortura: que la Constitución también contenga una disposición inalterable que prohíba el empleo de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

- Sobre las fuerzas de seguridad y el servicio penitenciario: que se incorpore a la Constitución una disposición que imponga a todo el personal de custodia el deber legal de actuar de conformidad con las normas internacionales que salvaguardan los derechos de las personas privadas de su libertad.

- Sobre las mujeres, los niños y los indígenas: que la Constitución también contenga garantías claras e inequívocas conforme a las normas internacionales sobre los derechos de la mujer, la niñez y los indígenas.

    El documento ofrece recomendaciones claves también sobre salvaguardias contra el arresto o la detención arbitrarios, la privación de libertad, el derecho a un juicio justo, las disposiciones sobre estados de emergencia, la objeción al servicio militar.

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