INFORME DE LA COMISIÓN PARLAMENTARIA ESPECIAL PARA INVESTIGAR LOS SUCESOS DE ABRIL DE 2002
La Comisión Parlamentaria para la investigación de los acontecimientos del 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002, creada por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el acuerdo legislativo de fecha 25 de abril de 2002, en uso de las atribuciones que le fueron conferidas en su acto constitutivo de conformidad con la Constitución de la Republica, el Reglamento Interior y de Debate de la Asamblea Nacional y el Reglamento Interno dictado con ocasión a su instalación, presenta dentro del termino establecido para ello, el informe definitivo sobre lo hechos objeto de su creación, a la plenaria de esta Honorable Asamblea, a los Poderes legalmente constituidos, al Pueblo de Venezuela y a los Estados y Organizaciones Internacionales.
Un informe sobre lo acontecido en Venezuela, con mayor énfasis en la ciudad de Caracas, durante los días 11 al 14 de abril de 2002, nunca podrá abarcar la totalidad de los hechos, al menos el que debemos consignar en el perentorio plazo de noventa (90) días, contados desde la instalación de la Comisión Parlamentaria Especial, los cuales en la práctica son bastantes menos que esos, ya que varios de ellos fueron dedicados a su instalación, reglamentación y metodología, así como a la planificación del trabajo a realizar.
La tarde del 11 de abril de 2002, constituye el epicentro de los acontecimientos que nos ocupan, oportunidad en la que se suscitaron miles de hechos y circunstancias, algunos planificados anticipadamente y otros improvisados en su desarrollo, que posiblemente nunca llegarán a conocerse en su totalidad.
Los actos preparatorios ocultos, la alevosía en el proceder, el enjambre de complicidades, las lealtades simuladas, la falta valor para admitir responsabilidades y muchos otros elementos, actuaron y actúan como coraza impenetrable que nos impide llegar a la verdad de todo lo que se planificó y ejecutó ese jueves luctuoso para todos los venezolanos demócratas; los que militan en una causa u otra; dándole apoyo al Gobierno u oponiéndose a éste; de quienes comparten las tesis del Gobierno del Presidente Chávez y de quienes las adversan.
Noventa (90) días es un lapso muy limitado para analizar cada uno de esos miles de elementos, muchos de los cuales requieren, por si solos, semanas de dedicada y acuciosa investigación.
Pese a ello, hoy estamos presentando un resultado que, con vocación de justicia, trata desentrañar parte lo que allí sucedió.
Si la tarde del 11 de abril es el punto neurálgico, no menos importantes son los días previos, los preparatorios y, más aún, los días subsiguientes, muy particularmente los días 12, 13 y 14 de abril, especialmente cuando en los dos primeros se produjeron tal cantidad de muertos y heridos que triplicaron los del día 11 de abril, esta última, fecha en la que se ha concentrado y focalizado la atención comunicacional y sobre la cual, varios medios han creado, deliberadamente, una visión y versión distorsionada de los hechos, más orientada a defender sus posiciones preestablecidas que a informar imparcial y verazmente al pueblo de Venezuela y a la comunidad internacional, como deberías ser en acatamiento a las elementales normas éticas que regulan esta actividad de mediación entre los hechos y las personas.
Lo acontecido el 11 de abril de 2002, en la ciudad de Caracas, no fueron hechos casuales que surgieron de circunstancias imprevistas, conductas espontáneas o acciones fortuitas. No. El golpe de Estado que se consumó entre los días 12 y 13, fue un evento calculado y planificado, de lo cual existen evidencias palmarias con pruebas fehacientes irrefutables y determinantes, entre los cuales podemos referir, quizás como el mejor y más irrebatible de los ejemplos, la consulta a las cuales fue sometido el espúreo decreto que pretendió instaurar una dictadura en nuestro país, a despecho de las más elementales normas de convivencia y que aspiraba disolver todas las instituciones que constituyen los pilares fundamentales de la democrática en nuestro país, las cuales fueron recogidas por la novísima Constitución Nacional que entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial No. 36.860 del 30 de diciembre de 1999.
El doctor Jorge Olavarría - acérrimo crítico del Gobierno del Presidente Hugo Chávez Frías - declaró públicamente que, días previos al 11 de abril, el abogado Daniel Romero, frustrado Procurador General de la República del pretendido gobierno de Carmona Estanga, le consultó sobre el contenido del decreto que el mismo dio lectura la tarde del 12 de abril.
¿Cómo se explica la consulta de un decreto que regularía un evento futuro totalmente desconocido?.
Este hecho, por si solo, demuestra fehacientemente y sin ningún género de dudas, hasta para el más fanatizado adversario del Gobierno del Presidente Chávez, prueba incontrovertible de que los hechos del 11 de abril, incluidos los asesinatos que en esa fecha se produjeron, lo cual fue un elemento imprescindible para provocar el derrocamiento del Presidente de la República, fueron planificados y conocidos anticipadamente por muchos actores que aún desconocemos y otros que conscientes de esta circunstancia, huyeron para evadir la acción de la justicia.
La República Bolivariana de Venezuela fue sacudida durante los días 11, 12, 13 y 14 de abril de 2002, por una serie de hechos que afectaron la continuidad del funcionamiento de los órganos del Poder Público, lo que significo una ruptura del orden constitucional y legal vigente. La Asamblea Nacional, organismo que ejerce la función legislativa del Estado venezolano, se mantuvo sesionando en la búsqueda de reestablecer la vigencia del Estado de Derecho, enfrentando incluso que se le pretendiera disolver, la persecución de sus miembros y el desconocimiento de las prerrogativas constitucionales acordadas para garantizar el cumplimiento de sus competencias y atribuciones.
La contribución de la Asamblea Nacional para el reestablecimiento de la efectiva vigencia del Estado de justicia y de derecho, participativo y protagónico en que por decisión soberana del pueblo se constituyó la República, en el marco del proceso constituyente que desencadenó en la aprobación de la Constitución de 1999, impidió que se usaran las formas democráticas desustanciadas en su esencia para legitimar la consecución del poder por una vía no electoral, distinta a la establecida en nuestro Código Político fundamental, lo que develó ante el pueblo de Venezuela y del mundo, ante los Estados y Organizaciones Internacionales, que se pretendía hacer cesar el funcionamiento de los órganos del Poder Público legítimamente constituido e instaurar de manera factual, un gobierno de fuerza.
A la Asamblea Nacional le correspondía asumirse institucionalmente en esta posición, por ser el organismo del Estado que de manera directa asume la representación del pueblo. Los efectos de su actuación tuvieron eco en el contexto internacional y la mayoría de los países democráticos de mundo condenaron los sucesos, aplicándose los mecanismos contenidos en la Carta Democrática de la Organización de Estados Americanos.
Luego de lograda la efectiva vigencia de la Constitución y reestablecido el funcionamiento de los Poderes constituidos, la Asamblea Nacional asume, en uso de sus atribuciones constitucionales, la responsabilidad de investigar los hechos acaecidos el 11, 12, 13 y 14 de abril y crea la Comisión Especial quedando conformada de manera plural, otorgándole competencia para esclarecer las causas y consecuencia de tales hechos. En cumplimiento de dichas competencias se dictó el Reglamento Interno de la Comisión y se determinó una agenda de interpelaciones y reuniones de trabajo.
El desarrollo de las investigaciones implicó un gran esfuerzo de todos los Diputados que constituyeron la Comisión Política y de todos aquellos parlamentarios que en aras de la pluralidad, concurrieron y participaron en las interpelaciones. Es necesario destacar el carácter público de las mismas, trasmitidas por los diversos canales de televisión, tanto del estado como privados, lo que permitió a cada venezolano seguir desde sus casas y oficinas los acontecimientos en tiempo real.
La Comisión recopiló valiosos testimonios, material probatorios, que por la complejidad, intensidad y la dispersidad de los acontecimientos, debió ser valorado y clasificado con el objeto de presentar un informe que cubriera los hechos más relevantes y significativos, pudiendo siempre ampliarse con el cúmulo de elementos recogidos, que serán preservados y declarados públicos para que pueda ser apreciado por investigadores y estudiosos; no se pretende por tanto agotar en éste todas las interpretaciones posibles de lo sucedido, pero no obstante es de destacarse el esfuerzo realizado por presentarle al país una información veraz y objetiva de los acontecimientos.
La multiplicidad de hechos que simultáneamente se produjeron, la propia planificación de quienes comprometidos con todos los acontecimientos ulteriores se garantizaron la impunidad de sus actuaciones, así como las complicidades correspectivas de los actores y el corto tiempo para realizar una investigación mucha más minuciosa, son factores que han incidido en la posibilidad de que el presente informe no recoja todos los hechos y circunstancias, de allí el exhorto que se hace a los centros de investigación social del país para que adelanten investigaciones sobre tales sucesos y de dicha experiencia científica, logremos mecanismos que impidan que se repitan situaciones que atenten contra los valores y principios democráticos que han sido conquistas del Pueblo de Venezuela en el transcurso de la vida republicana.
El alcance de este informe y las propias competencias constitucionales de la Asamblea Nacional, impiden determinar la responsabilidad penal de quienes han actuado en contra de los postulados democráticos contenidos en la Constitución de la República. Sin embargo, en el curso de la investigación pudieran surgir indicios de la comisión de hechos punibles que deberán ser incorporados a los procesos judiciales que adelanta tanto el Ministerio Público como el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales competentes, sólo se sugiere en este informe a la plenaria de la Asamblea Nacional, la determinación de responsabilidades políticas que devienen del análisis de todo lo actuado por la Comisión.
La Comisión para la presentación de su informe definitivo ha hecho énfasis en describir de manera objetiva los antecedentes que precedieron los hechos investigados, para que se relacionen con lo que significo el intento de hacer cesar los órganos de poder público, no sólo el poder ejecutivo sino también el poder judicial, legislativo, electoral y ciudadano. En el desarrollo del informe se narra con cierto nivel de detalle los hechos que se sucedieron tanto los días 11, 12, 13 y 14 de abril, para luego de su análisis establecer las conclusiones que permiten tipificar claramente desde los puntos de vista sociopolítico y jurídico los hechos ocurridos, para luego determinar las responsabilidades políticas a que hubiere lugar.
Finalmente se remite para su revisión todo lo actuado al Ministerio Público, en virtud de que pudieran existir graves y plurales indicios de la comisión de hechos punibles cuya responsabilidad le tocara determinar a los órganos jurisdiccionales competentes.
El agrado de cumplir con nuestra obligación nunca podrá ser mayor que el de satisfacer el derecho del pueblo venezolano de información veraz y oportuna, sirva este informe para garantizar ese derecho; pero también para la búsqueda de la concordia y el entendimiento en el marco del respeto a nuestras diferencias y bajo las reglas democráticas que ha definido el pueblo de Venezuela en su Constitución. Este informe es un elemento más para reflexionar, un instrumento para la democracia, un testimonio de nuestra actualidad para las generaciones futuras en donde reafirmamos nuestro derecho a vivir en paz.