MEDIDAS CAUTELARES 2000
1. Medidas Cautelares otorgadas por la CIDH durante el año 2000
u. Venezuela
57. El 7 de febrero de 2001, la Comisión
Interamericana otorgó medidas cautelares en favor
del periodista Pablo López Ulacio, director del
semanario “La Razón”. La Comisión indicó que el
señor López Ulacio “se encuentra en una situación
de grave riesgo y se solicitó que cese el
hostigamiento contra la libertad de expresión del
periodista y en consecuencia, se levante la medida
de censura previa que pesa en su contra, la cual
comprende al semanario La Razón”. Las partes han
brindado información a la Comisión con relación a
dichas medidas cautelares.
58. El 12 de marzo de 2001, la Comisión acordó
la adopción de medidas cautelares para preservar,
entre otros, los derechos a la vida e integridad
personal de los Refugiados colombianos en
Venezuela, Manuel de Jesús Pinilla Camacho y
Otros. Con base en la información suministrada
por el Centro por la Justicia y el Derecho
Internacional (CEJIL), el Programa Venezolano de
Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la
Oficina de Acción Social del Vicariato Apostólico
de Machiques y el Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados (ACNUR), la CIDH
consideró que las personas se encontrarían en una
situación de grave riesgo y la adopción inmediata
de medidas cautelares resultaba necesaria “para
evitar daños irreparables a las personas”.