MENSAJE DEL DR. JUAN E.
MÉNDEZ,
DE DERECHOS HUMANOS,
DE LA CIDH
CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA
30
de abril de 2002
Señor Presidente de la Comisión de Asuntos
Jurídicos y Políticos, distinguidos Representantes
de los Estados miembros de la Organización y
Observadores. Estimados colegas, señoras y
señores:
En
mi condición de Presidente de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, tengo el
agrado de presentar a la Comisión de Asuntos
Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente el
informe anual de la Comisión correspondiente a
2001. Tengo el gusto de contar en esta oportunidad
con la presencia del Dr. Santiago Canton,
Secretario Ejecutivo, así como de personal
profesional de la Secretaría.
El
informe que ponemos en la fecha a disposición de
la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos fue
aprobado por la CIDH durante el 114º período
ordinario de sesiones, celebrado durante febrero y
marzo de este año. El documento fue elaborado
conforme a los parámetros expuestos en la
Resolución AG/RES. 331 (VIII-0/78) de la Asamblea
General, y de acuerdo a lo estipulado en el
artículo 57 del Reglamento de la CIDH.
Este
informe refleja las actividades generales de la
Comisión cumplidas durante la Presidencia del
Decano Claudio Grossman. Igualmente, quisiera
destacar que durante dicho periodo la CIDH designó
a su actual Secretario Ejecutivo, Embajador
Santiago Canton, en reemplazo del Embajador Jorge
E. Taiana, quien se retiró luego de cinco años de
fructífera labor. Durante 2001 se retiró
igualmente el Secretario Ejecutivo Adjunto, Dr.
David Padilla, luego de una extensa y excelente
carrera profesional en la CIDH.
Durante el año 2001 la comunidad internacional
presenció las dramáticas consecuencias de ataques
terroristas sin precedentes en su impacto
concentrado en la población civil. Los ataques
perpetrados el 11 de septiembre en las torres
gemelas de la ciudad de Nueva York y en el
Pentágono, cerca de Washington DC --condenados por
la OEA y la CIDH-- y las posteriores amenazas
contra la población civil, han abierto un vigoroso
debate sobre las medidas a adoptar con el fin de
combatir este flagelo en general y sobre los
medios apropiados para investigar, juzgar y
sancionar a los responsables por la comisión de
este tipo de ilícitos internacionales.
La CIDH ha reconocido el derecho y del
deber de los Estados de proteger tanto a la
población civil como a su propia estructura
institucional de este tipo de ataques. La
Convención Americana sobre Derechos Humanos y
otros instrumentos aplicables establecen
procedimientos que permiten la adopción de medidas
de emergencia con el objeto de enfrentar graves
amenazas al orden público dentro del marco del
Estado de Derecho. Dichas medidas han de ser
implementadas sin desatender el respeto a las
garantías básicas, no derogables, previstas por el
derecho internacional. Este contexto sin duda
plantea un nuevo desafío para los Estados miembros
de la Organización, que deberán balancear el deber
de proteger a su población civil de la amenaza y
las consecuencias de estos actos de violencia y a
la vez continuar resguardándola de la
arbitrariedad y proseguir con la función de
administrar justicia con las debidas garantías.
En una Resolución aprobada el 12 de diciembre de
2001, la CIDH hizo pública su voluntad de elaborar
un Informe sobre Terrorismo y Derechos Humanos con
el fin de asistir a los Estados miembros en el
diseño de respuestas legislativas o de otro
carácter, a la violencia y la amenaza del
terrorismo que contemplen y respeten los
estándares establecidos por el derecho
internacional. Como parte del proceso de
recolección de información para su estudio, la
Comisión ha invitado a los gobiernos de los
Estados miembros de la OEA y a algunas
organizaciones no gubernamentales a presentar la
información que consideren pertinente para el
estudio, así como observaciones escritas y
sugerencias sobre temas para la consideración de
la Comisión. También, en el curso del 114º período
ordinario de sesiones, la Comisión convocó a una
audiencia pública especial sobre derechos humanos
y terrorismo. En la audiencia, la Comisión escuchó
las exposiciones de varios expertos invitados
sobre las cuestiones que serán abordadas en su
estudio que será finalizado en los próximos meses.
En otro orden de ideas, también
relacionadas con la plena vigencia del Estado de
Derecho, corresponde resaltar la Carta Democrática
Interamericana, aprobada en el marco del vigésimo
octavo período extraordinario de sesiones de la
Asamblea General de la OEA celebrado en Lima. La
Carta Democrática ya ha sido invocada y utilizada
con relación al frustrado intento de golpe de
estado en Venezuela, demostrando no solamente su
utilidad sino también el compromiso colectivo del
hemisferio con la profundización de la
institucionalidad en nuestra región. La Comisión
reitera su disposición de trabajar con la
Organización en esta empresa común de fortalecer
el régimen democrático, única forma de gobierno
posible para la plena realización de los derechos
humanos.
En
la Carta Democrática Interamericana, los Estados
miembros también reconocieron que la pobreza y los
bajos niveles de desarrollo humano afectan la
consolidación de la democracia. Asumieron un
compromiso común frente al desafío del desarrollo,
al destacar “...la importancia de mantener los
equilibrios macroeconómicos y el imperativo de
fortalecer la cohesión social y la democracia”.
La Comisión nota con preocupación que
efectivamente, durante el período cubierto por el
presente informe, se han producido en el
Hemisferio situaciones de crisis
económico-sociales con impacto
político-institucional. Este tipo de situaciones
puede afectar el funcionamiento de las
instituciones del Estado y el imperio de la ley y,
de ese modo, amenazar la vigencia de los derechos
fundamentales de los habitantes, a más de
postergar el logro de la estabilidad necesaria
para hacer posible el sostenido desarrollo social,
económico y cultural que requieren los pueblos de
la región.
Los Estados miembros, tanto en forma
individual como mediante la cooperación mutua,
deben implementar medidas positivas destinadas a
superar la marginación social, racial o étnica que
aqueja a los pueblos del hemisferio y garantizar
condiciones de vida digna, igualdad de
oportunidades y plena participación en la toma de
decisiones como objetivos básicos del desarrollo
integral de los habitantes y las sociedades del
Hemisferio. Según expresaran los Estados miembros
en la Carta Democrática, la eliminación de la
discriminación por género, étnica, racial,
cultural y religiosa así como de las diversas
formas de intolerancia, contribuye a la
participación ciudadana y al fortalecimiento de la
democracia (artículo 9). Según ha sostenido la
CIDH en forma reiterada, los Estados deben brindar
especial protección y estimular el desarrollo de
quienes se encuentran en especial situación de
vulnerabilidad, en particular, los niños, las
mujeres, los pueblos indígenas, los miembros de
comunidades afrodescendientes en ciertas regiones
y los trabajadores migratorios y sus familias.
Los Estados miembros deben brindar especial
protección a estas personas o grupos de personas,
creando o fortaleciendo los mecanismos legales e
institucionales destinados a combatir la
discriminación a la luz de los parámetros
establecidos en el sistema.
Durante el año 2001 las mujeres y las niñas de la
región han continuado siendo víctimas de la
violencia y la discriminación por razones de
género. Según establece la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer
(“Convención de Belém do Pará”), la violencia
contra la mujer --como manifestación de la
discriminación por género-- es frecuentemente
ejercida tanto dentro del hogar y la familia como
dentro de la comunidad, y muchas veces perpetrada
o tolerada por agentes del Estado mismo. Las
normas regionales de protección obligan a los
Estados del Hemisferio a actuar con la debida
diligencia para prevenir la violencia y la
discriminación basadas en género, juzgar y
sancionar a todos los responsables, así como
adoptar medidas para erradicar dichas violaciones
en forma permanente.
El presente Informe Anual contiene un
informe actualizado sobre la labor de la Relatoría
sobre los Derechos de la Mujer, en el cual se
revisan sus principales actividades recientes.
Este informe se refiere, en especial, a la primera
visita in loco realizada por la Relatora
Especial, Comisionada Marta Altolaguirre, en
febrero del año en curso para analizar la
situación de los derechos de la mujer en Ciudad
Juárez, México. Dicha visita
se
llevó a cabo tras haberse recibido información y
expresiones de preocupación de representantes de
la sociedad civil, y en virtud de la invitación
formulada por el Gobierno del Presidente Vicente
Fox, y prestó atención especial a la grave
situación de violencia contra la mujer imperante
en esa zona. También informa sobre una serie de
actividades de cooperación y promoción. En este
sentido, el informe destaca la reunión de las tres
relatoras sobre los derechos de la mujer --de la
ONU, del sistema africano y de la CIDH—y la
declaración conjunta que las tres emitieron el 8
de marzo de 2002, en Montreal, Canadá con ocasión
del Día Internacional de la Mujer. Dicha
declaración exhorta a los Estados del mundo a
redoblar esfuerzos para erradicar la violencia y
discriminación basadas en género, y con este fin,
asegurar que los que perpetran estas violaciones
sean investigados, procesados y sancionados.
Además, el informe resume ciertos desarrollos
jurisprudenciales importantes del sistema con
relación al fortalecimiento de la protección de
los derechos de la mujer.
Tanto la Comisión como los órganos políticos de la
OEA han demostrado su preocupación y han dedicado
su atención al problema que enfrentan las personas
que trabajan en la defensa de los derechos humanos
en el hemisferio. Así, los Estados miembros han
asumido la obligación de adoptar las medidas
necesarias para proteger la vida, la integridad
personal y la libertad de expresión y asociación
de quienes trabajan por el respeto de los derechos
fundamentales, conforme al compromiso colectivo
expresado en diversas resoluciones de la Asamblea
General. La Comisión ha expresado en forma
reiterada su preocupación por la continuación de
actos de amedrentamiento, desapariciones,
atentados y asesinatos perpetrados contra personas
y organizaciones dedicadas a la defensa de los
derechos humanos. El 7 de diciembre de 2001 --en
respuesta al mandato otorgado a la CIDH por la
Resolución AG/RES. 1818 en el sentido de elaborar
un estudio integral sobre la situación de los
defensores de los derechos humanos en las
Américas-- la Secretaría Ejecutiva de la CIDH creó
una “Unidad Funcional de Defensores de Derechos
Humanos” con el propósito de recibir información
sobre la situación de los defensores de derechos
humanos en el Hemisferio, mantener contactos con
organizaciones no gubernamentales y
gubernamentales y coordinar el trabajo de la
Secretaría Ejecutiva en la materia. Se espera que
esta iniciativa contribuya a evaluar la situación
y establecer mecanismos que permitan a la
Organización actuar en forma más efectiva y
coordinada con relación a esta grave situación.
Durante el año 2001 personas con relación a las
cuales se había invocado la protección de la
Comisión e incluso de la Corte Interamericana
fueron víctimas de ataques, en varios casos
fatales. Los defensores de derechos humanos y las
organizaciones a las que muchas de ellas se
encuentran afiliadas cumplen un papel crucial
tanto en el litigio de casos vinculados a la
vigencia de los derechos humanos como en los
procesos de control de las instituciones
democráticas por parte de la sociedad civil. Por
ello, la Comisión llama a proteger a cabalidad su
trabajo.
El respeto de los derechos individuales y
colectivos de los aproximadamente 40 millones de
personas que integran los casi 400 grupos
indígenas que
habitan el Continente continúa siendo un desafío
histórico, geográfico, cultural y social para los
Estados miembros. Los pueblos
indígenas del
continente frecuentemente son
víctima del
empobrecimiento severo y de la violación de sus
derechos humanos fundamentales dentro y fuera de
sus comunidades.
En esta oportunidad, la CIDH desea
reiterar una vez más su llamado a los Estados
miembros para que impulsen la aprobación de la
Declaración Americana sobre Derechos de los
Pueblos Indígenas como instrumento que facilite el
cumplimiento de las obligaciones debidas en favor
de los pueblos y comunidades indígenas de nuestro
hemisferio. Asimismo, la CIDH desea resaltar que
durante el año 2001, en un caso que involucraba el
despojo de recursos naturales pertenecientes a una
de estas comunidades, la Corte Interamericana se
pronunció por primera vez sobre el reconocimiento
de los
derechos colectivos de los indígenas a sus
tierras ancestrales, recursos y medio ambiente,
expresando que los indígenas por el hecho de su
propia existencia tienen derecho a vivir
libremente en sus propios territorios; la estrecha
relación que los indígenas mantienen con la tierra
debe de ser reconocida y comprendida como la base
fundamental de sus culturas, su vida espiritual,
su integridad y su supervivencia económica.
Durante el año 2001 la Comisión, a través de la
Relatoría especial sobre Derechos de los Pueblos
Indígenas, ha continuado dando seguimiento a los
asuntos que dicen relación con derechos indígenas
de las Américas, trabajo que ha sido reforzado
gracias al aporte del Programa Pro Derechos
Humanos para Centroamérica de Dinamarca (PRODECA).
Entre las principales actividades realizadas por
la Relatoría se encuentra la de dar seguimiento a
los más de 40 peticiones y casos que actualmente
se tramitan ante la CIDH y que dicen relación con
derechos indígenas, y,continuar asesorando al
Grupo de Trabajo de la OEA encargado de elaborar
el proyecto de Declaración Americana sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas. En dicho
proceso la Comisión valora altamente que tanto en
los mecanismos de participación de los
representantes de los pueblos indígenas, como en
la discusión de fondo del proyecto de declaración
se hayan dado avances sustanciales, como por
ejemplo, el reconocimiento del concepto de
“pueblos” indígenas por sobre el de “poblaciones”.
Los miembros de las comunidades
afrodescendientes que habitan ciertas regiones se
cuentan entre los grupos más afectados por la
pobreza y la pobreza extrema en el Continente.
Los miembros de estas comunidades son también
víctimas de la marginación social, la
discriminación y la violencia, además de padecer
--en muchos casos--las consecuencias de la falta
de titulación de las tierras que habitan. La
Comisión se encuentra seriamente preocupada por
esta problemática y además de continuar con la
observación de la situación de los miembros de
estas comunidades en cada uno de los Estados
miembros, ha emprendido un estudio general con
relación a la situación de los derechos humanos de
los afrodescendientes en las Américas. A fin de
definir las mejores estrategias de trabajo, la
Comisión se encuentra en proceso de elaboración de
un diagnóstico sobre la situación de los derechos
humanos de las comunidades afrodescendientes en la
región. En los próximos meses, los Estados
recibirán un cuestionario al respecto.
La situación de los trabajadores migratorios y
sus familias se ha transformado en los últimos
años en uno de los temas más significativos en
materia de derechos humanos en el mundo. Por ello,
la Comisión considera imperativo que los Estados
miembros de la OEA promuevan el respeto y
garanticen los derechos fundamentales de los
trabajadores migratorios y sus familias en su
legislación doméstica, de conformidad con
estándares internacionales en la materia. Para
contribuir a este propósito, la Comisión ha creído
necesario realizar informes de progreso anuales
sobre diferentes aspectos de la problemática de
los trabajadores migratorios en las Américas. Esta
decisión se tomó dada la imposibilidad de que la
Relatoría Especial de Trabajadores Migratorios
pudiese presentar un informe único sobre la
situación de estas personas en la Región, en razón
de que un reporte de tales características sería
difícil de realizar por la envergadura y
complejidad del problema y, sobre todo, porque son
escasos los recursos con los que cuenta la
Relatoría.
En el capítulo VI del informe que hoy les presento
se tratan temas relativos a diferentes aspectos
del fenómeno migratorio desde una perspectiva de
derechos humanos, como son el impacto económico de
las migraciones, tanto en países receptores como
emisores, el contrabando y tráfico de personas y
el problema de la xenofobia, racismo y
discriminación en contra de trabajadores
migratorios. Asimismo, se examina la
jurisprudencia desarrollada por los órganos del
sistema interamericano de protección de derechos
humanos. El informe finaliza con una serie de
conclusiones y recomendaciones. La Comisión espera
que con este nuevo informe de progreso de la
Relatoría Especial para los Trabajadores
Migratorios el análisis y la discusión del
fenómeno migratorio se vean enriquecidos y que así
contribuyamos a generar conciencia sobre la
importancia del fenómeno migratorio en las
Américas. Al mismo tiempo, esperamos que el
informe contribuya a recalcar el deber de los
Estados de respetar y garantizar los derechos
humanos de los trabajadores migratorios y sus
familias.
Al
analizar la situación de derechos humanos en la
región, debemos constatar en primer término
avances importantes: elecciones periódicas,
sociedades más abiertas y libres, con
multiplicidad de actores privados y organizaciones
que se entrelazan en el ámbito interno y en el
ámbito internacional, fortaleciendo la legitimidad
de la democracia y los derechos humanos. Sin
embargo, como el Informe que hoy presento
demuestra, subsisten serios problemas:
instituciones insuficientemente desarrolladas
(como es el caso del Poder Judicial en numerosos
países); fuerzas de seguridad mal entrenadas (que
no han logrado articular adecuadamente la relación
inherente entre el respeto a los derechos humanos
y la seguridad ciudadana); grupos vulnerables,
mujeres, pueblos indígenas, comunidades
afrodescendientes, niños, discapacitados, (que aún
no logran una igualdad de facto para
desarrollarse plena y libremente, e incluso, en
algunos países, aun no alcanzan una igualdad de
jure). Nuestra región es la más desigual del
mundo en términos económicos y sociales. La
aspiración a que se reconozcan los derechos
económicos, sociales y culturales continúa siendo
un sueño lejano para grandes sectores de nuestras
sociedades.
Si bien existen elecciones periódicas en
nuestro hemisferio, todavía muchas democracias
presentan debilidades institucionales y los
intentos de golpes de estado o alteraciones del
orden constitucional no han desaparecido
completamente. Afortunadamente y contrariamente a
lo que sucedía en el pasado, la OEA responde
colectivamente rechazando los golpes de Estado.
Los avances dados con la Resolución 1080 y
especialmente con la Carta Democrática
Interamericana son claros indicadores que
regionalmente no son permisibles los golpes de
estado.
Para
enfrentar el desafío que presentan estos serios
problemas los Estados han creado, entre otros
instrumentos, el sistema interamericano de
protección de derechos humanos, integrado por un
conjunto de normas y por dos órganos
especializados, la Comisión y la Corte
Interamericanas de Derechos Humanos, para
supervisar su cumplimiento. En este esquema de
protección, los
órganos políticos de la OEA sirven de garantía
colectiva para asegurar el cumplimiento de las
decisiones que tomen los órganos de supervisión.
Los Estados, que son los creadores del sistema, se
obligan voluntariamente a cumplir con sus
compromisos y actúan individual y colectivamente
como sus garantes.
El
sistema interamericano cumple funciones
trascendentales que este Informe Anual refleja. En
primer lugar, hace justicia en casos individuales.
Esto permite reforzar los valores del Estado de
Derecho frente a víctimas o sus familiares que
sienten que sus problemas son ignorados por no
haber sido resueltos en el ámbito interno. En
segundo lugar, el sistema desempeña un papel de
“alerta temprana”. En efecto, la comunidad
hemisférica se informa a través del sistema
interamericano sobre violaciones graves a los
derechos humanos que ocurren en distintos países.
La Organización puede tomar las medidas necesarias
para evitar que los Estados se deslicen por una
pendiente que puede culminar en la destrucción
total del Estado de Derecho. En tercer término, el
sistema permite ampliar la protección de los
derechos humanos y la democracia, al fortalecer
con la perspectiva regional las instituciones y
normas internas, garantizando que se acceda a
mejores y mayores formas de protección de los
valores de la dignidad humana. La democracia tiene
entre sus características su perfectibilidad y
representa siempre una tarea inconclusa. Desde ese
punto de vista, al articular una posición
hemisférica sobre los temas de debido proceso,
situaciones de emergencia, igualdad ante la ley y
prohibición de discriminación, protección de la
dignidad humana y de la libertad de expresión, el
sistema contribuye a la creación de mayores
espacios en el ámbito nacional, apoyando la
expansión de la democracia.
Para
cumplir su rol, el sistema tiene a su disposición
distintos instrumentos, todos ellos reflejados en
el Informe que hoy se presenta. El primero de
ellos es la visita in loco a un país, que
permite evaluar las condiciones generales de los
derechos humanos, verificar la situación de
ciertos derechos, o promover en general el valor
de los derechos humanos. Las visitas in loco
normalmente culminan en un informe comprensivo y
detallado de la situación de los derechos humanos
en el país. Tales informes, y las recomendaciones
allí vertidas, son luego objeto de monitoreo
continuo y de periódicos “informes de
seguimiento”, que se publican luego de un intenso
y fructífero diálogo con el Estado. Una tercera
técnica del sistema es la de los casos
individuales, que se tramitan hoy con arreglo a
nuevas disposiciones reglamentarias que garantizan
mayor celeridad, transparencia y seguridad
jurídica. Los casos individuales concluyen en
decisiones de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos que, de ser incumplidas, pueden
ser llevadas a la Corte o a la opinión pública.
Por último, el sistema puede crear Relatorías
temáticas que incluyen en la agenda hemisférica
problemas especiales de derechos humanos que
afectan a poblaciones vulnerables y que, tras
estudios y diálogos, pueden sugerir declaraciones
o proyectos de tratados.
En
este sentido, es esencial el apoyo de los Estados
al sistema interamericano de protección de los
derechos humanos. Este apoyo tiene que ver
fundamentalmente con el reconocimiento del sistema
como aporte y aliado de los Estados en la defensa
de la dignidad humana y la consolidación del
Estado de Derecho, antes que como un obstáculo o
un adversario en la consecución de los fines
comunes que nos unen. Las conclusiones y
recomendaciones de la Comisión en casos
individuales, en los informes que siguen a sus
visitas in loco y en los documentos de sus
Relatorías, son principalmente contribuciones a la
profundización de la democracia y el Estado de
Derecho antes que condenas públicas a los Estados.
La adopción reciente de la Carta Democrática
Interamericana es un paso significativo en la
dirección del vínculo indisoluble entre la
democracia y los derechos humanos. En los
distintos capítulos del Informe que hoy presento,
la CIDH pone de manifiesto la superioridad del
Estado de Derecho y la indivisibilidad de la
democracia y los derechos humanos, al reafirmar en
el ámbito hemisférico los valores del debido
proceso, de la no discriminación, de la necesidad
de recursos judiciales que permitan remedios
efectivos y eficientes frente a violaciones de
derechos humanos, la íntima relación entre la
seguridad ciudadana y los derechos humanos y el
valor de la libertad de expresión.
El apoyo político de los Estados al sistema
interamericano debe traducirse en tres medidas
concretas en el corto plazo: la asignación de
mayores recursos a los órganos; el seguimiento
regular sobre el cumplimiento de las decisiones de
la Corte y la Comisión; y la ratificación por
todos los Estados miembros de todos los tratados
interamericanos de derechos humanos. Estas medidas
permitirían avanzar hacia la permanencia de los
órganos, que es una aspiración que la Comisión ha
apoyado, al igual que una mayor participación y
autonomía del individuo en los procedimientos ante
la Corte, que se ha obtenido con las reformas de
los Reglamentos de ambos
órganos.
Síntesis del Informe Anual de 2001
El
informe anual se divide en dos volúmenes, el
primero de los cuales es el trabajo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos. El segundo
volumen contiene el Informe del Relator Especial
de la CIDH para la Libertad de Expresión.
Conforme a la práctica iniciada en 1999, el
Capítulo I del Informe Anual de 2001 está dedicado
a presentar una apreciación sobre la situación de
los derechos humanos en el hemisferio y los
principales desafíos a la vigencia de tales
derechos. El Capítulo II ofrece una breve
introducción a los orígenes y fundamentos
jurídicos de la Comisión y expone las principales
actividades cumplidas por la CIDH durante el
período bajo análisis. En tal sentido, se
destacan las actividades llevadas a cabo en el
marco de los períodos ordinarios de sesiones (Nos.
110 y 113) y los dos extraordinarios (111 y 112),
el primero de ellos celebrado en Santiago de
Chile. Asimismo, en dicho capítulo se exponen las
actividades cumplidas con otros órganos del
sistema interamericano, y con instituciones
regionales y mundiales de naturaleza similar. En
particular, quisiera destacar la práctica de las
reuniones anuales de la CIDH y la Corte
Interamericana con objeto de tratar temas de
interés común, a fin de mejorar el funcionamiento
del sistema regional de derechos humanos. La
Comisión y la Corte mantienen una relación de
cooperación que es mutuamente beneficiosa para el
cumplimiento de sus respectivos mandatos, tal como
quedó demostrado en la presentación conjunta que
hiciéramos con el Presidente de la Corte, Profesor
Augusto A. Cançado Trindade.
Durante el período que abarca este informe, la
Comisión realizó dos visitas in loco a
Panamá y Colombia. La CIDH está procesando la
información recibida antes, durante y después de
las visitas con miras a la elaboración del informe
sobre la situación de los derechos humanos en
dichos países. En nombre de la Comisión, agradezco
especialmente a los Gobiernos de Panamá y Colombia
por su colaboración en el logro de los objetivos
trazados durante las visitas del año 2001.
Como
es del conocimiento de esta Comisión, en los
próximos días la CIDH visitará Venezuela. La
Asamblea Extraordinaria recientemente celebrada
expresó su satisfacción de que la Comisión haya
aceptado la invitación que el Gobierno de
Venezuela hiciera en septiembre de 1999, para
realizar una visita in loco a Venezuela.
Quisiera agradecer al Gobierno del Presidente Hugo
Chávez la invitación que formulara a la CIDH,
confirmada con fecha 8 de abril del 2002.
Aprovecho esta importante ocasión para expresar el
beneplácito de la Comisión por el restablecimiento
del orden constitucional y del gobierno
democráticamente elegido del presidente Chávez.
Ante el intento golpista, la Comisión
Interamericana reaccionó públicamente y de
inmediato expresando, entre otras cosas, su más
enérgica condena por los hechos de violencia que
costaron la vida de al menos 15 personas y
causaron heridas a más de un centenar. Asimismo,
la Comisión lamentó constatar que durante los días
12 y 13 de abril se produjeron detenciones
arbitrarias y otras violaciones a derechos
humanos; deploró la destitución de las más altas
autoridades de todos los poderes públicos; y
advirtió que dichos hechos configurarían los
supuestos de interrupción del orden constitucional
contemplados en la Carta Democrática. En este
contexto y en cumplimiento de sus obligaciones
convencionales y estatutarias, el 13 de abril de
2002 la Secretaría Ejecutiva de la Comisión,
conforme a su práctica de más de cuatro décadas de
trabajo, se dirigió a quienes en ese momento
detentaban el poder de facto en Venezuela,
para solicitar información sobre la detención e
incomunicación del Presidente Hugo Chávez Frías y
profirió medidas cautelares relacionadas con la
libertad, integridad personal y garantías
judiciales del señor Tarek William Saab,
Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores
de la Asamblea Nacional de Venezuela. En los
últimos días, el Ministro de Relaciones Exteriores
de Venezuela, Luis
Alfonso Dávila, habría catalogado de "ambigua" la
posición mantenida por la CIDH frente a los hechos
ocurridos en Venezuela en recientes días. Para
sustentar tal afirmación, el Ministro Dávila citó
esta comunicación nuestra dirigida a José
Rodríguez Iturbe, quien fuera designado Canciller
en el llamado gobierno de transición. La
CIDH se ve obligada a precisar que esa
comunicación no puede interpretarse como forma
alguna de reconocimiento al régimen de facto.
En ningún momento, explícita o implícitamente la
Comisión reconoció al gobierno de facto en
Venezuela. Conforme a su práctica y a la de otros
órganos internacionales de derechos humanos, se
dirigió a quienes el día 13 de abril de 2002
detentaban de facto la autoridad estatal en
Venezuela, ya que el ejercicio de la autoridad,
usurpada o no, conlleva la obligación de respetar
y garantizar los derechos humanos. En múltiples
ocasiones en el pasado la Comisión ha mantenido
comunicaciones con gobiernos de facto en distintos
países del hemisferio, a la par de condenar
enérgica y categóricamente los quiebres
institucionales. No corresponde a la CIDH conforme
a sus facultades convencionales o estatutarias
reconocer a gobiernos sino proteger los derechos
humanos de las personas y es lo que precisamente
hizo en este caso.
El Relator Especial para la Libertad de
Expresión, Santiago Canton, me ha expresado
asimismo, que la Relatoría a su cargo ha observado
con preocupación la falta de información en que se
encontró la sociedad venezolana en los días de la
crisis institucional, cuando precisamente el
acceso a una información rápida es tan
indispensable para la defensa de la democracia. En
la medida en que esa falta de información a la
ciudadanía haya respondido a decisiones
editoriales deliberadas de los responsables de los
medios, la Relatoría y la Comisión esperan un
proceso de reflexión de los medios de comunicación
venezolanos acerca de su rol en tales momentos.
La
CIDH seguirá observando de manera muy atenta el
desarrollo de la situación de los derechos humanos
en Venezuela. La visita que efectuará el pleno de
la Comisión la próxima semana constituye una
oportunidad inmejorable para cumplir este fin, así
como para profundizar el diálogo, que dentro del
marco de su competencia, la Comisión mantiene con
las autoridades y con la sociedad venezolana, a
fin de contribuir al fortalecimiento de la defensa
y protección de los derechos humanos en un
contexto democrático y de legalidad institucional.
El
Capítulo III es indudablemente el eje del trabajo
de la CIDH, ya que contiene el análisis y las
decisiones sobre denuncias de violaciones de
derechos fundamentales que afectan a seres
humanos. Este capítulo, el más extenso del
informe, contiene las decisiones adoptadas
respecto a peticiones y casos individuales
presentados a la Comisión y tramitados de acuerdo
con la normativa aplicable. Cabe destacar
igualmente la importancia creciente que la
Comisión atribuye al sistema de peticiones y casos
individuales y a la solución amistosa de los
mismos; el informe de este año comprende cuatro
decisiones de esta índole. Al mismo tiempo, la
CIDH prosigue las negociaciones con miras a la
solución amistosa de docenas de casos de varios
países de la región. La disposición de las partes
a dialogar y a buscar soluciones creativas
constituye un indicador indudablemente positivo de
la creciente evolución del sistema.
En
el periodo bajo análisis, la Comisión aprobó un
total de 74 informes que incluyen 36 casos
declarados admisibles; 22 informes sobre
peticiones declaradas inadmisibles; 12 informes de
solución amistosa; y 4 informes de fondo. Los
informes mencionados reflejan asimismo la
diversidad creciente de las denuncias sobre
violaciones de derechos humanos. En los informes
que se incluyen este año, la Comisión ha
continuado tratando temas estructurales en nuestro
hemisferio como violaciones al debido proceso,
ejecuciones extrajudiciales, uso abusivo de la
jurisdicción militar e impunidad. También la CIDH
ha decidido sobre temas que cada vez con mayor
asiduidad llaman nuestra atención como son los
derechos de la mujer, la libertad de expresión y
la vigencia de los derechos económicos, sociales y
culturales. Estos casos reflejan la creciente
complejidad jurídica de los casos que está llamada
a decidir, así como el empeño de esta Comisión por
mejorar y profundizar sus argumentaciones y
fundamentaciones. Con ello, la Comisión no
solamente pretende resolver de una manera
jurídicamente sólida los casos y peticiones sino
también desempeñar una tarea de promoción mediante
la determinación jurídica del alcance de las
obligaciones asumidas voluntariamente por los
Estados miembros de la Organización. Por último,
en sus informes la Comisión continuó clarificando
diversas cuestiones procesales, particularmente en
el tema de la admisibilidad de peticiones, tales
como la legitimación procesal activa para
presentar denuncias, la vigencia temporal de la
Convención Americana y las excepciones a la regla
del agotamiento de los recursos internos, entre
otras. Con ello, se procura contribuir a la
seguridad jurídica de nuestro sistema, fijando
reglas y estándares que la Comisión sigue
fielmente. La CIDH recuerda que la aprobación y
publicación de un informe sobre los méritos de un
caso individual ofrece, en alguna medida, la
reparación a la víctima de una violación de
derechos humanos que no pudo obtener justicia en
los órganos jurisdiccionales nacionales.
Esta
sección comprende además 50 medidas cautelares
otorgadas o extendidas por la CIDH y con respecto
a las cuales ha habido actividad durante este
período. En este sentido, la Comisión ha
continuado con su práctica de informar sobre las
medidas cautelares solicitadas a los Estados
miembros de la Organización, por iniciativa propia
o a petición de parte, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 25 de su Reglamento, en los casos
en que es necesario evitar daños irreparables a
las personas.
La
principal innovación contenida en el Capítulo III
se refiere a la inclusión de una sección sobre
cumplimiento con las recomendaciones de la CIDH en
casos individuales. Esta sección encuentra su
fundamento en la Resolución AG/RES. 1828 (XXXI-O/01)
de la Asamblea General de San José y en el
artículo 46 del Reglamento de la CIDH. Se incluye
un cuadro en el que se indica si las
recomendaciones formuladas por la CIDH han sido
cumplidas total o parcialmente o no fueron
cumplidas. Para la preparación de esta sección, la
Comisión solicitó oportunamente a los Estados
información al respecto. A fin de contribuir a la
transparencia del sistema, la Comisión ha decidido
incluir en su página electrónica todas las
respuestas de los Estados que hayan solicitado
expresamente la publicación de sus respectivas
respuestas a nuestros informes. Confiamos que este
mecanismo contribuirá al diálogo entre los Estados
y la CIDH así como a un mejor control público
sobre el sistema interamericano de derechos
humanos. No puedo dejar de mencionar con
preocupación que en el cuadro que se acompaña, no
hay ningún caso en que el Estado en cuestión haya
cumplido a cabalidad con la totalidad de las
recomendaciones que formulara oportunamente la
CIDH. En este sentido, los Estados miembros deben
realizar los mejores esfuerzos para cumplir de
buena fe con las recomendaciones de la Comisión.
Asimismo, depositamos nuestra confianza en el
Consejo Permanente y en esta Comisión de Asuntos
Jurídicos para que establezcan un mecanismo
periódico de supervisión del cumplimiento de las
decisiones de la Comisión y la Corte, a fin de dar
vigencia efectiva al principio de garantía
colectiva subyacente en el sistema interamericano
de protección de derechos humanos.
El
Capítulo III también expone información sobre las
actuaciones de la Comisión ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. La sección
respectiva presenta las medidas provisionales
dictadas por la Corte a solicitud de la Comisión
en situaciones de extrema gravedad y urgencia, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 63(2) de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, así
como la síntesis de diferentes decisiones de la
Corte y de las actuaciones de la Comisión en
varios casos contenciosos.
Por
otro lado, la Comisión ha seguido los criterios
expuestos en su Informe Anual de 1998 para
identificar a los Estados miembros cuyas prácticas
en materia de derechos humanos merecieran atención
especial y la inclusión en un capítulo especial
del informe anual. En este sentido, en el
Capítulo IV del informe de este año se analiza la
situación de los derechos humanos en Colombia y
Cuba. En lo relativo a Colombia se reproduce
sustancialmente el comunicado de prensa que la
CIDH produjese al terminar la visita in loco
a dicho país en diciembre pasado. En estos
momentos la Comisión se encuentra preparando el
informe respectivo. Por su parte, Cuba ha sido
incluida en este capítulo debido a que está regida
por un gobierno no elegido libremente de acuerdo
con normas internacionalmente aceptadas, lo cual
constituye una violación del derecho a la
participación política consagrado en el artículo
XX de la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre.
De acuerdo a los criterios expuestos en su Informe
Anual de 1998, la Comisión entiende que Haití
también debería ser incluido en esta sección. Sin
embargo, conforme a su práctica, no figura debido
a que la CIDH se encuentra planificando una
visita in loco. Me complace informar que
el Relator para Haití de la Comisión, Dr. Clare
Kamau Roberts y el Secretario Ejecutivo viajarán
al país en las próximas semanas como parte de las
actividades que la CIDH está realizando en
observación de la situación de derechos humanos en
Haití.
El
Capítulo V del Informe Anual de 2001 sigue
la práctica de analizar el avance en el
cumplimiento de las recomendaciones formuladas
previamente por la Comisión, en uso de sus
facultades como órgano principal de la OEA en
materia de derechos humanos. En esta oportunidad,
dicho capítulo contiene informes sobre el
cumplimiento de Paraguay, Perú y la República
Dominicana con las recomendaciones expuestas en
los informes de la CIDH sobre la situación de los
derechos humanos en dichos países. Agradezco en
esta oportunidad a los Estados por su respuesta a
la solicitud de información formulada por la CIDH.
El Volumen I del informe concluye con
los anexos habituales en los que se informa sobre
el estado de las convenciones y protocolos del
sistema regional de derechos humanos, además de
los comunicados de prensa y discursos
seleccionados que difundió la CIDH durante el año
pasado.
En lo que se refiere específicamente a
la Relatoría para la Libertad de Expresión, la
CIDH, durante su 114° período ordinario de
sesiones, designó al Dr. Eduardo Bertoni como
Relator Especial para la Libertad de Expresión.
Llegó a esa decisión al cabo de un concurso
abierto y ampliamente difundido, en el cual se
presentaron 165 postulantes, luego de analizar
los antecedentes de veinte de ellos, y de
entrevistar a cinco finalistas. Después de un
profundo debate, la mayoría de la Comisión optó
por el candidato que mejor respondía a la
convocatoria, entre varios muy buenos
postulantes. El Dr. Bertoni asumirá su cargo en
mayo del corriente año. Quisiera en esta
oportunidad hacer un reconocimiento y
agradecimiento público al Dr. Santiago Canton por
su invaluable contribución a la creación,
funcionamiento y consolidación de la Relatoría
Especial para la Libertad de Expresión. Con su
profesionalismo, seriedad y compromiso ha
realizado un aporte trascendente para la promoción
y vigencia de la libertad de expresión en nuestro
hemisferio.
En cuanto a los logros alcanzados a
través de la labor de la Relatoría durante el
2001, se observó la toma de mayor conciencia que
se ha generado sobre los temas de libertad de
expresión en la región, poniendo a este derecho en
el primer plano de los temas a debatir en el marco
del sistema interamericano. Debido en parte a la
labor de la Relatoría, algunos Estados han
avanzado decididamente en este ámbito, derogando
leyes que restringían la libertad de expresión. En
particular, las leyes de desacato han sido
derogadas en Chile y Costa Rica. En otros países
se han presentado proyectos de ley para revocar
dichas leyes restrictivas, demostrando un
reconocimiento cada vez mayor de los problemas que
las mismas representan. La Relatoría espera que se
continúe con estos avances, derogando o
modernizando otras normativas que restringen
innecesariamente la libertad de expresión.
El Informe Anual de la Relatoría para la
Libertad de Expresión correspondiente al 2001
cuenta con seis capítulos. El Capítulo I enuncia
el mandato y competencia de la Relatoría e informa
sobre las actividades realizadas. Dentro del marco
de sus funciones, en el año 2001, la Relatoría
participó de las visitas in loco de la CIDH
a Panamá y Colombia. El Capítulo II del Informe
analiza el estado de la libertad de expresión en
el hemisferio. En dicho capítulo, la Relatoría
señala que periodistas, medios de comunicación y
las sociedades en su conjunto de las Américas
continúan enfrentándose con obstáculos que impiden
el libre ejercicio del derecho a la libertad de
expresión. La Relatoría destaca que el asesinato a
periodistas sigue representando el problema más
grave en materia de libertad de expresión e
información en las Américas. En el año 2001 se
registraron más de 9 asesinatos de periodistas en
el hemisferio. Esta cifra es considerablemente más
alta en relación con los últimos dos años.
Asimismo, se puntualiza que los altos grados de
impunidad en los procesos sobre crímenes contra
periodistas promueven una situación de extrema
vulnerabilidad y riesgo para los comunicadores
sociales de la región. Además de los asesinatos a
periodistas, la Relatoría informa que en varios
países de la región persiste la utilización de
otros métodos cuyo objetivo es silenciar el
trabajo de los periodistas y los medios de
comunicación. Las amenazas y agresiones físicas y
psíquicas, el hostigamiento e intimidación a
periodistas y medios de comunicación y el inicio
de acciones judiciales por parte de autoridades
con el propósito de silenciar a los medios de
comunicación, son un ejemplo de las prácticas
utilizadas en varios países. Asimismo,
contrariamente a lo establecido por la
jurisprudencia del sistema interamericano, en
aproximadamente 17 países siguen vigentes las
leyes de desacato, las cuales en algunos casos son
utilizadas para silenciar a la prensa.
El Capítulo III contiene un Informe
sobre la Acción de Hábeas Data y el Derecho de
Acceso a la Información en el Hemisferio. En dicho
informe la Relatoría ha realizado un seguimiento
de las leyes y prácticas sobre el derecho de
acceso a la información en los países miembros y
ha recomendado el impulso de políticas que
promuevan y divulguen la existencia y respeto de
estos derechos individuales y colectivos como
herramientas legales para alcanzar la
transparencia de los actos del Estado, proteger la
intimidad de las personas y como medio de
fiscalización y participación de la sociedad.
El Capítulo IV desarrolla un Informe
sobre Ética en los medios de Comunicación, en el
cual se exponen diversos mecanismos a través de
los cuales los medios de comunicación pueden
elevar el nivel de profesionalismo y
responsabilidad ética. Asimismo, la Relatoría
señala la importancia de que los Estados se
abstengan de imponer códigos de ética profesional
dejando dicho menester a los propios medios y
comunicadores sociales.
Por otra parte, el Capitulo V. informa
sobre los casos dentro del sistema interamericano
en materia de libertad de expresión. Dicho
capítulo da cuenta de las medidas provisionales e
informes de seguimiento sobre sentencias y casos
actualmente ante la Corte Interamericana. También
informa sobre los casos declarados admisibles y
las medidas cautelares solicitadas dentro de la
CIDH durante el año 2001.
Finalmente, el Capítulo VI presenta una
serie de consideraciones finales y recomendaciones
tendientes a promover un amplio respeto del
ejercicio de la libertad de expresión en el
hemisferio, reiterando la necesidad de que los
Estados asuman un compromiso sólido con respecto a
este derecho para de esta manera lograr la
consolidación de las democracias del hemisferio.
Señor Presidente, señores representantes,
estimados colegas y compañeros de trabajo, señoras
y señores:
La
búsqueda constante de mecanismos para consolidar
sistemas de democracia participativa crea nuevas
oportunidades para el compromiso de los Estados
miembros con los órganos del sistema
interamericano de derechos humanos. La Comisión y
la Corte son, conforme al propósito de los Estados
miembros, medios para ayudar al desarrollo de "un
régimen de libertad personal y de justicia
social", que es el objetivo final consignado en el
preámbulo de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos. Acorde con ello, la Comisión
renueva su compromiso de trabajar con los Estados
miembros en el cumplimiento de su mandato para
defender la dignidad humana mediante la protección
y la promoción de los derechos humanos. En nombre
de la Comisión, quiero expresar nuestra gratitud
por el apoyo que los Estados miembros han brindado
a la Comisión para que ésta honre ese compromiso
común con todas las personas de nuestro
hemisferio.
Muchas gracias.