A toda la comunidad Venezolana residente en
Chile
Este 15 de agosto, tienes tu derecho de
ejercer tu opinion politica, garantizada por la constitucion y numerosos
acuerdos internacionales a los cuales venezuela esta adscrito, ejerciendo
tu voto.
Lugar Bustos 2021, sede consular embajada de venezuela
Providencia Santiago
Hora: a partir de las 9:00 a.m. hasta 16:00 o ultimo
votante de la fila según reglamento
Solo debes llevar tu cédula laminada, no importa si esta
vencida, será aceptada, documentación Chilena que acredite que resides
aquí como carnet de identidad vigente chileno de extrangero, visa o
extencion de visa estampada en el pasaporte, con esto es suficiente.
Si no estas en este listado adjunto ni estas en la web
www.cne.gov.ve y te inscribistes en la
sede consular antes del 10/08/2004 : debes llevarte planilla de
inscripción emitida por el consulado mas fotocopia de la misma.
(recuerden que ningun funcionario consular
puede retener ningún documento de ustedes por ninguna razón)
Si por algún motivo los funcionarios consulares te impiden
ejercer tu derecho, simplemente anota su nombre y fuera de la embajada,
dejas con los voluntarios del proceso la copia de la planilla, mas el
nombre del funcionario, para entablar contra estos funcionarios locales
acciones penales y judiciales como nos ampara la ley en tribunales
Chilenos por incumplir el derecho de expresión política, al cual esta
adscrito Venezuela y Chile en tratados internacionales y violar las
garantias constitucionales Venezolanas y Chilenas aunque sea un proceso
Venezolano, para eso en la mesa habrá notario.
Presentate temprano a votar, no lo dejes para mas tarde,
recuerda que quien abre las mesas y las cierra es el embajador.
La mesa no puede por ley ser cerrada antes de las 16:00
horas, pero ese dia levantate temprano y ejerce tu derecho.
Venezolanos En Chile solicito resguardo de carabineros, asi
que queda garantizada la seguridad.
No lleves propaganda de ningún lado, recuerda que hay que
dar el ejemplo y hay restriccion al respecto, mostremos al pueblo Chileno
nuestra convicción civica
Vota, en la mesa hay dos testigos que no son funcionarios
consulares para velar por tu voto.
Presentate temprano al consulado, para que puedas ver desde
temprano el proceso en venezuela por internet.
El conteo de votos es apartir de las 16:00 horas y es un
acto publico, puedes estar allí si así lo deseas.
Evita en la cola cualquier confrontación o discución
política, no lleves propaganda política tampoco.
Hay voluntarios para responder tus dudas mientras haces la
cola para votar, son voluntarios, plenamente identificados.
Si tienes alguna consulta escribenos a esta dirección y
dejamos un celular a disposición
Ricardo Golding
VenezolanosEnChile
Tomado de la Web de la Embajada
SE
INFORMA A LA COMUNIDAD DE VENEZOLANOS RESIDENCIADOS EN CHILE, QUE EL
PROXIMO 15 DE AGOSTO SE LLEVARA A CABO EN LA SEDE DIPLOMÁTICA DE LA
EMBAJADA EL PROCESO DE REFERENDO PRESIDENCIAL EN EL HORARIO COMPRENDIDO DE
09:00 A LAS 16:00 HORAS.
ASIMISMO, SE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE SEGÚN LA RESOLUCIÓN Nº 040727-1090,
DEL 27 DE JULIO DE 2004, DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, EN SU ARTICULO 7
SEÑALA QUE:
"PARA EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN EL EXTERIOR, EL ELECTOR DEBERA
PRESENTAR LA CEDULA DE IDENTIDAD LAMINADA, VENCIDA O NO, DOCUMENTOS
PROBATORIO DE SU RESIDENCIA O PERMANENCIA LEGAL EN ESE PAIS Y APARECER
REGISTRADO EN EL CUADERNO DE VOTACIÓN DE LA RESPECTIVA MESA DE REFERENDO."
EN EL CASO DE CHILE SE DEBERA PRESENTAR LA CEDULA DE IDENTIDAD CHILENA
PARA
EXTRANJERO, CON VISA PERMANENTE O TEMPORARIA, OTORGADA POR EL SERVICIO DE
REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN CHILENO, O LA VISA DE PERMANENCIA TEMPORAL
ESTAMPADA EN SU PASAPORTE VENEZOLANO.
POR OTRA LADO, SE INFORMA QUE LA EMBAJADA ESTA TRABAJANDO PARA QUE LO
ANTES
POSIBLE SEA PUBLICADO EL LISTADO DEFINITIVO DE LOS ELECTORES INSCRITOS EN
ESTA MISIÓN. IGUALMENTE, SE RECOMIENDA A LOS VENEZOLANOS VISITAR LA PAGINA
WEB
WWW.CNE.GOV.VE
PARA VERIFICAR EL CENTRO DE VOTACIÓN DONDE APARECEN
REGISTRADOS, EN CASO DE NO APARECER LA INFORMACIÓN ACTUALIZADA SE AGRADECE
REMITIR SU RECLAMO AL SIGUIENTE CORREO ELECTRÓNICO
sobella.mejias@cne.gov.ve
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Documentación:
La Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política dispone:
Artículo 161º
A ningún elector, que aparezca en el Cuaderno de Votación, e identificado
con su cédula de identidad, podrá negársele el derecho a votar.
Siendo esto así, no se me puede exigir que muestre otro documento que
acredite la legalidad de mi presencia en este país. Yo he exhibido mi
cédula de identidad laminada, aparezco en el cuaderno de votación de este
Consulado y, por lo tanto, exijo que se me permita votar.
Si el funcionario a cargo de la mesa electoral donde me corresponde votar
en el Consulado no me permite votar porque no muestro documento expedido
por las autoridades de este país que certifique que resido legalmente,
incurre en violación de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela que dispone:
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley, y en
consecuencia: 1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza,
el sexo, el credo, la condición social o que, en general, tengan por
objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o
ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda
persona. 2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y
administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva;
adoptará medidas positivas a favor de grupos que sean discriminados,
marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que
por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en
circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos
que contra ellas se cometan…
(Énfasis añadido)
Además de violar el artículo de la Constitución antes citado, el
funcionario viola igualmente los artículos 23 y 24 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 25 del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos. La violación de estos tratados
ratificados por Venezuela puede acarrear responsabilidad penal.