Informe sobre Libertad de
Prensa 2001
VENEZUELA
CONSIDERANDO
que la nueva constitución de la República Bolivariana de Venezuela involucra una
serie de riesgos para el libre ejercicio de la libertad de expresión y opinión,
al consagrar constitucionalmente el "derecho a la información oportuna, veraz e
imparcial"
CONSIDERANDO
que el concepto de "información oportuna, veraz e imparcial" deja en poder del
gobierno de turno la facultad discrecional para determinar cuál es la verdad que
deba difundirse
CONSIDERANDO
que los principios aprobados en la Constitución contradicen abiertamente la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual garantiza al ciudadano de
los países signatarios acceso libre e ilimitado a "informaciones de toda índole"
CONSIDERANDO
que continúa una peligrosa actitud por parte del gobierno y constantes amenazas
y denuestos proferidos públicamente por el presidente de la República en contra
de medios impresos, de sus editores, periodistas y, en reiteradas ocasiones,
contra la Sociedad Interamericana de Prensa
CONSIDERANDO
que editores y periodistas están siendo objeto de procesos judiciales en
tribunales de la república, acusados de vilipendio, difamación e injuria,
alegando, para alargar maliciosamente los juicios, que estos delitos tipificados
contra la honra sean catalogados de imprescriptibles
CONSIDERANDO
que el principio 1 de la Declaración de Chapultepec establece que "no hay
personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. E1
ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho
inalienable del pueblo"; que el principio 5 afirma que "la censura previa, las
restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes,
la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre
flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los
periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa" y que el principio
10 afirma que "ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por
difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público"
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
exhortar a las autoridades competentes venezolanas a que no utilicen el concepto
constitucional de la "información oportuna, veraz e imparcial" para crear una
eventual "Ley de Prensa" que haría imposible la práctica del periodismo libre en
una sociedad abierta y democrática, tal como la consagra el Acuerdo de San José,
suscrito por la nación instar al poder judicial venezolano a que mantenga el
carácter de imprescriptible, sólo para aquellos delitos considerados "atroces" o
de "lesa humanidad" y no para aquéllos que involucran una acción privada como lo
son el vilipendio, la injuria o la difamación.
http://www.sipiapa.org/espanol/pulications/annual-resvenezuela2001.cfm