Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
CEJIL cuestiona pedido de recusación al
Secretario Ejecutivo de la CIDH formulado por
Venezuela
Washington, D.C. 5 de marzo de 2004
El Centro por la Justicia y el Derecho
Internacional (CEJIL) expresa por este medio su
preocupación por el pedido de recusación al
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, Dr. Santiago Canton,
entregado por el Gobierno venezolano a la
Organización de Estados Americanos a fin de que
Canton “sea instruido para que se abstenga de
participar en todos los asuntos presentes y
futuros que se refieren al Estado venezolano en
curso ante la CIDH”. Esta petición carece de marco
normativo, ya que de acuerdo al reglamento de la
CIDH las funciones de Secretario Ejecutivo
comprenden la de coordinación del trabajo de la
Secretaría Ejecutiva y la de ejecución de
decisiones tomadas y encomendadas por el
Presidente y los miembros de la CIDH. Además, es
una petición que no tiene precedentes en el
sistema interamericano debido a que pretende que
la Secretaría General de la OEA, como órgano
político, interfiera en el funcionamiento interno
de un órgano autónomo de la OEA como es la CIDH.
El Dr. Santiago Canton fue elegido por el
Secretario General de la OEA, César Gaviria, con
la anuencia de los miembros de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos en junio de
2001. CEJIL tiene constancia del apoyo y
satisfacción que los Comisionados han manifestado
con respecto a la labor profesional tanto de
Canton como de la Secretaría Ejecutiva, tal como
fue expresado durante las audiencias que se
celebraron del 1 al 5 de marzo de 2004. Al
respecto, CEJIL desea puntualizar que el Dr.
Canton es un funcionario que se ha caracterizado
por su profesionalismo y compromiso con la defensa
de los derechos humanos en las Américas y reconoce
los importantes avances que el funcionamiento de
la Secretaria Ejecutiva de la CIDH ha alcanzado
gracias a su gestión.
Asimismo, CEJIL espera que el desconocimiento de
las normas internas de la CIDH y de lo establecido
por la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, que se desprende de la petición formulada
por el gobierno de Venezuela, no se constituya en
un medio que entorpezca la labor que desempeña la
Secretaría Ejecutiva en el funcionamiento del
sistema
interamericano de protección de los derechos
humanos.
Contacto: Victoria Amato
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Estados miembros de la Organización de Estados
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