Caracas, 4 de diciembre de 2004
Señores Presidente y Canciller de la República de El
Salvador
San Salvador
Excelentísimos Señores:
Con el rigor de estilo y el debido respeto elevo a
ustedes mi más sentida protesta y presento un reclamo, como ciudadano
venezolano y latinoamericano, por el tratamiento y el procedimiento
utilizado por su Gobierno ante la solicitud de asilo que fuera formulada
por los Ex Comisarios Vivas y Forero.
En primer lugar, no es cierto que sobre estos
servidores públicos existía una decisión judicial de privación de su
libertad y mucho menos una condena. Por el contrario, a raíz de las
últimas elecciones y después que habían dejado sus cargos en la
Alcaldía Metropolitana se había anunciado que iban ser imputados por
hechos sucedidos el 11 de abril de 2002, cuyo contenido político es
incuestionable. Además, sólo después de días de su entrega por el
Gobierno Salvadoreño a las autoridades policiales venezolanas, fue cuando
se acordó su detención. En segundo lugar, aún en ese caso el asilo
se justifica por razones humanitarias. En tercer lugar, atenta contra la
universalidad de los derechos humanos si la protección del asilo es negada
a personas que no sólo no cuentan con la protección de su Estado ,
sino que son perseguidas y violentadas por éste. A su Gobierno le
hubiera bastado consultar los Informes de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos , de la Comisión Internacional de Juristas y de Human
Rights Watch y de Facultades de Derecho venezolanas, sobre el estado de los
derechos humanos en Venezuela y acerca de la desprotección de estos
derechos por las instituciones públicas y judiciales , para concluir
objetivamente sobre la situación de indefensión de estos ciudadanos. En
cuarto lugar, el asilo es hoy día, según el derecho internacional e
interamericano de los derechos humanos , un derecho de las personas y
no un privilegio de los Estados que éstos pueden negar
injustamente escudándose en su soberanía para permitir violaciones a la
dignidad humana. En quinto lugar, los países verdaderamente democráticos
han de practicar una política de asilo cónsona con su discurso sobre
el reconocimiento universal de los derechos humanos. De modo que que no
pueden negar el asilo a quienes tengan que salir de sus países por
motivo de persecuciones políticas o ideológicas, y, como en el caso
concreto de los Ex Comisarios Vivas y Forero, porque se consideran
desprotegidos e indefensos en su país. Su Gobierno olvidó que en el
derecho internacional de los derechos humanos todo individuo tiene
derecho de abandonar cualquier país, incluyendo el suyo, si se sienten
violentados en sus derechos fundamentales. En sexto lugar, su Gobierno
actúo parcializadamente al negarse a recibir a los familiares de los
Ex-Comisarios Vivas y Forero y al Comisionado de Derechos Humanos de la
Conferencia Episcopal Venezolana y a acreditados voceros de organismos
no gubernamentales y apolíticos defensores de estos derechos, a quienes
no se trató ni siquiera con el respeto debido a sus personas y a las
instituciones que representan. En séptimo lugar, la negativa de asilo a
los Ex -Comisarios Vivas y Forero, sienta un nefasto precedente para la
eficacia del sistema interamericano de protección de los derechos
humanos. Y, en octavo lugar, por lo no convincente de la justificación
de su Gobierno al negar la solicitud de asilo, en el presente caso fueron
preeminentes la protección sus intereses geopolíticos y económicos ,
que el carácter universal e indivisible de los derechos humanos que
protegía a los Ex-Comisarios Vivas y Forero como ciudadanos
latinoamericanos.
Por otra parte, la negativa de su Gobierno de reconocer
y otorgar asilo a los Ex - Comisarios Vivas y Forero, es una
inconsecuencia con la actitud de gobiernos democráticos venezolanos que
no dudaron en reconocer ese mismo derecho a ciudadanos salvadoreños que
se encontraban en situaciones parecidas de desprotección e indefensión
por motivos de la persecución política , fruto de la intolerancia y el
autoritarismo, que afectó a su país y que encontraron en la
representación diplomática venezolana y en Venezuela la protección que
no les daba el Estado salvadoreño; a riesgo incluso de la propia
integridad de nuestros Embajadores y de su familias. E, igualmente, la
protección que otorga el derecho de asilo no puede sustituirse mediante
actas de garantías de otros gobiernos, como lo hizo el Gobierno
Salvadoreño; que constituye la mejor prueba que en verdad ese Gobierno
consideró riesgosa la situación en que se encontraban los Ex - Comisarios
Vivas y Forero. Si no era cierto que se temía por la violación de sus
derechos humanos, ¿ por qué su Gobierno tuvo que buscar garantes de su
protección al entregarlos a las autoridades venezolanas ?.
Les hago el presente reclamo con fundamento en el derecho
que tiene toda persona de someter quejas y reclamos sobre violaciones
de derechos humanos a las respectivas instancias administrativas y a
ser atendido en los términos previstos en las legislaciones nacionales,
como lo reconocen los instrumentos de derechos humanos.
De ustedes, con todo respeto, quedo atentamente,
Dr. Román J. Duque Corredor
Ex- Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la
República de Venezuela
Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y
Sociales.
Miembro de la Comisión Andina de Juristas
Profesor de Derecho Constitucional de Postgrado de la
Universidad Católica Andrés Bello
Ex profesor de la Universidad Central de Venezuela
Miembro del Directorio del Capitulo Venezolano del
Instituto Latinoamericano del Ombusman