MEDIDAS CAUTELARES 2000
1. Medidas Cautelares otorgadas por la CIDH durante el año 2000
u. Venezuela
57. El 7 de febrero de 2001, la Comisión Interamericana
otorgó medidas cautelares en favor del periodista Pablo López Ulacio, director
del semanario “La Razón”. La Comisión indicó que el señor López Ulacio “se
encuentra en una situación de grave riesgo y se solicitó que cese el
hostigamiento contra la libertad de expresión del periodista y en consecuencia,
se levante la medida de censura previa que pesa en su contra, la cual comprende
al semanario La Razón”. Las partes han brindado información a la Comisión
con relación a dichas medidas cautelares.
58. El 12 de marzo de 2001, la Comisión acordó la
adopción de medidas cautelares para preservar, entre otros, los derechos a la
vida e integridad personal de los Refugiados colombianos en Venezuela, Manuel de
Jesús Pinilla Camacho y Otros. Con base en la información suministrada por
el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Programa
Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la Oficina de
Acción Social del Vicariato Apostólico de Machiques y el Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la CIDH consideró que las personas
se encontrarían en una situación de grave riesgo y la adopción inmediata de
medidas cautelares resultaba necesaria “para evitar daños irreparables a las
personas”.