Informe sobre Libertad de Prensa 2000

VENEZUELA


CONSIDERANDO

que la subcomisión para los derechos humanos presentó a la Asamblea Nacional Constituyente un proyecto sobre la libertad de expresión que tendrán rango constitucional y que pretende sancionar "el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial" que contrastan abiertamente con la Convención Americana sobre Derechos Humanos que garantiza a los ciudadanos de los países signatarios acceso libre e ilimitado a información de toda índole

CONSIDERANDO

que el concepto de "la información veraz" deja en poder del gobierno de turno, la facultad discrecional para determinar cuál es la única verdad a difundirse

CONSIDERANDO

que en el referido proyecto se concede igualmente rango constitucional a la réplica, principio que restringe el libre ejercicio de la profesión periodística

CONSIDERANDO

que el proyecto también prevé la creación de un Defensor de los Derechos del Usuario frente a los medios de comunicación que, en la práctica, se convertiría en el regulador omnipotente de la verdad, oportunidad e imparcialidad de la información y opinión, además de árbitro sobre el derecho de réplica

CONSIDERANDO

que de aprobarse estas pretensiones constitucionales, quedaría suprimido literalmente el derecho del ciudadano libre a recibir, recoger o difundir informaciones u opiniones, como lo establece el citado Pacto de San José de Costa Rica y, en cambio, establecería de jure, el que en cualquier circunstancia o capricho de gobernantes, se aplique la censura a los medios informativos impresos o audiovisuales

CONSIDERANDO

que el principio 5 de la Declaración de Chapultepec rechaza la censura previa, la imposición arbitraria de información como el derecho de respuesta, y la creación de obstáculos al libre flujo informativo

CONSIDERANDO

que los principios que se pretende imponer a la Constitución se oponen a la Convención Americana sobre Derechos Humanos que garantiza a los ciudadanos de los países signatarios acceso libre e ilimitado a la información de toda índole y haría peligrar el estado de derecho en Venezuela

LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE

dirigirse al presidente de la Asamblea Constituyente de Venezuela con el fin de que exhorte a los miembros del cuerpo constitucional supremo, en aras del estado de derecho y la necesaria libertad de expresión en Venezuela, rechace íntegramente la propuesta de la subcomisión de derechos humanos en lo relativo al ejercicio de la libertad de expresión.

http://www.sipiapa.org/espanol/pulications/annual-resvenezuela.cfm

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