29/11/2004 | Venezuela | Alerta
APRUEBAN LEY QUE REGULARÁ LOS CONTENIDOS DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN
El parlamento 
			venezolano aprobó, el pasado miércoles 24 de noviembre, la Ley de 
			Responsabilidad Social de la Radio y la Televisión, que regulará los 
			contenidos de los medios de comunicación radioeléctricos y que 
			contiene algunos artículos que podrían limitar la libertad de 
			expresión. 
			
			El instrumento, conformado por 35 artículos, genera preocupación en 
			virtud de que es excesivamente punitiva, pues plantea 78 posibles 
			infracciones y sanciones a los medios de comunicación que incumplan 
			algunas de las normativas contempladas en el texto. A través de esta 
			nueva Ley, el Ejecutivo Nacional, a través de la Comisión Nacional 
			de Telecomunicaciones (CONATEL) - organismo adscrito al Ministerio 
			de Infraestructura y encargado de regular el sector de las 
			telecomunicaciones en Venezuela-, tendrá una incidencia directa en 
			la aplicación de las sanciones. 
			
			La ley establece, en su artículo 20, la creación de un Directorio de 
			Responsabilidad Social, que será presidido por el director de la 
			Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Siete de los once 
			integrantes provendrán de organismos estatales mientras que otros 
			dos (los integrantes de los comités de usuarios y usuarias), serán 
			supervisados por CONATEL. Dicho directorio será el ente encargado de 
			establecer e imponer las sanciones, lo que implica que podría haber 
			injerencia estatal a la hora de sancionar a los medios que incumplan 
			con algunas normas del texto. 
			
			También contempla sanciones para aquellos contenidos que inciten al 
			irrespeto a instituciones y autoridades gubernamentales. El artículo 
			29 establece la posibilidad de revocar la habilitación otorgada por 
			el Estado para trasmitir su señal, hasta por 5 años, a las emisoras 
			radiales y televisivas, y la revocatoria de la concesión cuando se 
			produzcan sanciones progresivas sobre el medio. 
			
			Entretanto, el artículo 33 otorga a CONATEL la potestad de dictar 
			una medida cautelar que ordene a los prestadores de servicios de 
			radio y televisión abstenerse de difundir, en cualquier horario, 
			mensajes que promuevan o inciten a la guerra, a alteraciones del 
			orden público, al delito, o que promuevan la intolerancia religiosa. 
			Dicha medida cautelar puede convertirse en un mecanismo de censura 
			previa. 
			
			Luego de su aprobación, la normativa fue remitida a la Comisión de 
			Ciencia, Tecnología y Medios de Comunicación de la Asamblea 
			Nacional, para añadirle las modificaciones realizadas durante la 
			segunda discusión y luego enviarla al Ejecutivo Nacional para su 
			revisión y posterior publicación en Gaceta Oficial. 
			
			La discusión de esta norma se reactivó en el mes de septiembre, 
			luego de que el presidente de la República, Hugo Chávez, al ser 
			ratificado en el cargo por el referéndum revocatorio del pasado 15 
			de agosto, exhortó a los parlamentarios a aprobar con prontitud este 
			proyecto de Ley, ya que a su juicio se debe proteger a la población 
			del manejo equivocado que dan los medios de comunicación privados 
			venezolanos a la información. 
			
			Acciones recomendadas: 
			
			Enviar comunicado al presidente de la República Hugo Chávez, y al 
			presidente de la Asamblea Nacional, Francisco Ameliach, solicitando 
			una revisión exhaustiva del texto, en especial de aquellos artículos 
			que puedan generar limitaciones a la libertad de expresión. 
			
			Dirigirse a: 
			
			Hugo Chávez
			Presidente de la República
			Teléfono: (58-212) 806 3738
			Fax. (58-212) 806 3404
			
			Francisco Ameliach
			Presidente de la Asamblea Nacional
			Teléfono: (58-212) 482 9516
			Fax: (58-212) 484 5866
			
			http://ipys.org/alertas/atentado.php?id=529