Venezuela — Aumentan las Restricciones a la Libertad de Expresión
(Santiago, 24 de marzo de 2005)
— Las enmiendas al Código Penal de Venezuela que entraron en vigor la semana
pasada podrían servir para reprimir las críticas periodísticas a las autoridades
de gobierno y restringir la capacidad de la opinión pública para fiscalizar los
actos del gobierno, señaló hoy Human Rights Watch.
Al ampliar las leyes que castigan el desacato a las autoridades gubernamentales,
el gobierno venezolano ha hecho caso omiso de los principios internacionales de
derechos humanos que protegen la libertad de expresión.
José Miguel Vivanco, Director Ejecutivo de la División de las Américas de Human
Rights Watch
"Al ampliar las leyes que castigan el desacato a las autoridades
gubernamentales, el gobierno venezolano ha hecho caso omiso de los principios
internacionales de derechos humanos que protegen la libertad de expresión",
señaló José Miguel Vivanco, Director para las Américas de Human Rights Watch.
"Mientras que otros países en la región han derogado o debaten la derogación de
dichas leyes, Venezuela ha impuesto restricciones adicionales a la prensa que
protegerán a las autoridades del escrutinio público", agregó.
Las enmiendas extienden el alcance de las disposiciones existentes que
criminalizan las injurias o el desacato al Presidente y otras autoridades del
gobierno. Van en contra de una tendencia en todo el continente a derogar dichas
leyes de "desacato". Argentina, Costa Rica, Paraguay y Perú ya las han derogado,
y otros países como Chile y Panamá están considerando legislación con esa
finalidad.
Los organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y la Organización de
Estados Americanos han instado repetidamente a los Estados Miembros a que
revoquen dichas disposiciones.
El Presidente, el Vicepresidente, los Ministros, los Gobernadores y los
Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia ya están protegidos frente al
desacato por la ley. Las nuevas disposiciones extienden esta protección a los
diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, los Rectores del Consejo Nacional
Electoral, el Procurador General, el Fiscal General, el Defensor del Pueblo, el
Contralor General de la República, y los miembros del alto mando militar.
Toda persona condenada por ofender a estas autoridades puede incurrir en una
pena de hasta 20 meses de prisión. En cambio, si se ofendiere gravemente al
Presidente la pena puede ser de hasta 40 meses de prisión.
Otras enmiendas aumentan las sanciones por difamación e injurias. Las penas por
difamación se han incrementado de un máximo de 30 meses de prisión a un nuevo
máximo de cuatro años si se trata de un documento divulgado públicamente. Los
condenados tendrían que pagar también una multa de hasta 2.000 unidades
tributarias (equivalente a más de 27.000 dólares según los valores actuales). La
pena por injurias pasa de una condena máxima de tres meses de cárcel a un nuevo
máximo de dos años.
Los cambios en el Código Penal entran en vigor pocos meses después que cobrara
vigencia una Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, que impone
amplias restricciones administrativas sobre las emisiones de radio y televisión.
"Estas nuevas disposiciones se suman al arsenal de medidas contra los medios de
que ya dispone el gobierno", señaló Vivanco. "Al criminalizar aún más las
críticas contra las autoridades del gobierno, restringirán la capacidad del
público para fiscalizar posibles abusos de los que ostentan el poder."
http://hrw.org/spanish/press/2005/venezuela.html