Estimado Sr. Rodríguez:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas
en inglés), organización independiente y sin fines de lucro que se
dedica a defender la libertad de prensa en todo el mundo, está
sumamente preocupado por la investigación que la Fiscalía ha abierto
contra el diario caraqueño El Universal tras la publicación
de un editorial que criticaba al Ministerio Público y al Poder
Judicial.
La Fiscalía ha invocado anacrónicas disposiciones sobre el desacato
o vilipendio, que penalizan expresiones ofensivas dirigidas a
funcionarios públicos e instituciones del Estado. Lo exhortamos a
abandonar tal investigación, que tiene como fundamento normas que
suprimen el derecho democrático fundamental de la libertad de
expresión.
En la edición del 25 de julio, El Universal publicó un
editorial en primera plana titulado "Justicia arrodillada", que
planteaba que el sistema penal se había politizado, que había
perdido autonomía y que se caracterizaba por la ineficiencia. Como
consecuencia, argumentaba el editorial, se había ido produciendo una
deslegitimación del Ministerio Público y de los tribunales.
El 26 de julio, la Fiscalía emitió un comunicado de prensa donde
rechazaba que el sistema de justicia estuviera politizado y acusaba
a El Universal y a los medios venezolanos en general de
incurrir en prácticas poco éticas y manipular el tratamiento
informativo.
Al día siguiente, su despacho anunció que se había abierto una
investigación penal para determinar si el contenido del editorial
constituía un delito o no. En el editorial, según la Fiscalía, "se
ofende y se expone al desprecio público y, presuntamente, se
vilipendia al Ministerio Público y al Poder Judicial".
Le recordamos que existe un consenso cada vez mayor entre los
organismos internacionales en el sentido de que los funcionarios
públicos deben estar sujetos a una mayor fiscalización y que éstos
no deben gozar de mayor protección que el resto de la sociedad. En
1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con
sede en Washington, D.C., publicó un informe que determinó que las
leyes de desacato son incompatibles con el Artículo 13 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por
Venezuela, porque reprimen la libertad de expresión necesaria para
el debido funcionamiento de una sociedad democrática. El informe
recomienda a los estados miembros de la Organización de los Estados
Americanos derogar tales leyes o reformarlas con el objeto de
adecuarlas a los instrumentos internacionales.
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH,
aprobada en octubre del 2000, expresa que "[l]os funcionarios
públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la
sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a
funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de
desacato' atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la
información". Aunque la Declaración de Principios de la CIDH no es
un documento vinculante, constituye la interpretación de la CIDH
respecto a las normas internacionales vigentes en materia de
libertad de expresión.
Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en
Costa Rica, sostuvo que las críticas a funcionarios públicos deben
gozar de "un margen de apertura a un debate amplio respecto de
asuntos de interés público", de acuerdo con el fallo de agosto del
2004 que revocó la condena por difamación del periodista
costarricense Mauricio Herrera Ulloa. Recientemente, otros países de
las Américas como Honduras y Guatemala han derogado la figura del
desacato del Código Penal o han suspendido la vigencia de las normas
sobre desacato.
Lamentablemente, Venezuela se ha alejado del consenso internacional.
El 15 de julio del 2003, el Tribunal Supremo de Justicia ratificó la
figura del desacato en el Código Penal. Poco después del fallo,
Eduardo Bertoni, Relator Especial para la Libertad de Expresión de
la CIDH, difundió un comunicado donde lamentaba la decisión y
expresaba que las normas sobre desacato eran incompatibles con una
sociedad democrática. El CPJ, así como otras organizaciones
internacionales y venezolanas, también criticaron el fallo.
El 2 de diciembre del 2004, la Asamblea Nacional, controlada por el
gobierno, adoptó reformas a 38 artículos del Código Penal
venezolano. Los artículos modificados ampliaron las categorías de
funcionarios gubernamentales —para que incluyeran, entre otros, al
Fiscal General— protegidos por las normas sobre desacato. Las normas
sobre desacato modificadas entraron en vigencia en marzo del 2005.
Si bien los medios venezolanos hasta ahora han podido ejercer
ampliamente la crítica a las instituciones de gobierno, la
investigación penal contra El Universal sólo sirve para
intimidar a los críticos del gobierno. Las normas sobre desacato
limitan el derecho básico de la libertad de expresión en una
sociedad democrática. Lo instamos a reconsiderar la decisión de
abrir una investigación penal contra El Universal.
Desde ya le agradecemos por la atención dispensada a este asunto y
quedamos a la espera de una respuesta.
Sinceramente,
Ann Cooper
Directora Ejecutiva