Casi 500 personas afrontan procesos judiciales por el 11-A
Por: Panorama
Publicado el Lunes, 11/04/05 01:44am
El 12 de abril de 2002, el jefe del Ministerio Público denunció que
en Venezuela se estaba violando el Estado de Derecho, las normas
internacionales y el debido proceso, establecidos en el artículo 49
de la Constitución Nacional. Isaías Rodríguez dijo entonces que "no
cabe duda de que estamos ante un golpe de Estado y quisiéramos que
nos dijeran claramente si de eso se trata".
El jueves 25 de abril, el Fiscal General de la República, Isaías
Rodríguez, emitió una resolución mediante la cual designó a tres
delegados especiales para supervisar las investigaciones que
adelanta el MP sobre sucesos ocurridos los días 11, 12 y 13 de
abril: el fiscal Juan Navarrete y los sacerdotes Juan Vives Suriá y
José Ignacio Arrieta.
Su función era examinar las actuaciones que realizaran los 36
fiscales comisionados para las investigaciones; revisar las
denuncias privadas y públicas y todos los señalamientos individuales
o colectivos relacionados con los sucesos; y proponer, sugerir y
ofrecer alternativas públicas o privadas al FGR o a los directores
de su despacho sobre las investigaciones penales.
Sin embargo, dos de los delegados renunciaron alegando retrasos en
la designación de una Comisión de la Verdad por parte del
legislativo venezolano.
Los 36 fiscales nombrados fueron agrupados en cuatro comisiones;
una, para investigar las muertes y lesiones ocurridas el 11 de
abril; dos, para investigar las muertes ocurridas del 12 al 14 de
abril; tres, para investigar las presuntas irregularidades cometidas
en las sedes policiales; y cuatro, para investigar los saqueos y
daños a la propiedad cometidos entre el 13 y 14 de abril. A partir
del año pasado, el MP designó al Fiscal 4º Ambiental con Competencia
Nacional, Danilo Anderson, para que asumiera poco a poco todos los
casos del 11 de abril.
En septiembre le correspondió coordinar las investigaciones en torno
a los "Carmonafirmantes", labor que no pudo culminar y que después
de su muerte asumió la Fiscal 6º con Competencia Nacional, Luisa
Ortega Díaz.
Rebelión civil
El 14 de marzo, el ex gobernador del estado Miranda,
Enrique Mendoza, fue imputado por
los fiscales José Benigno Rojas y Gledys Carpio, Fiscal Nacional
Bancario y Fiscal 37º con Competencia Nacional, respectivamente, por
los delitos de rebelión civil, violencia para impedir el
funcionamiento del cuerpo legítimamente constituido, incitación a
delinquir, instigación al odio de la población, agavillamiento,
daños a las edificaciones públicas e interrupción de las
telecomunicaciones.
Rojas y Carpio adelantan una investigación por los sucesos del 11 de
abril y la salida del aire del canal estatal Venezolana de
Televisión.
Mendoza tendrá que acudir nuevamente al Ministerio Público este 11
de abril.
La rebelión civil contempla penas que van desde los 10 hasta los 30
años de prisión, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal.
El abogado de Mendoza, dijo que posiblemente el Ministerio Público
pedirá privativa de libertad alegando peligro de fuga, contemplado
en el Código Orgánico Procesal Penal, cuando las condenas superan
los 10 años.
Rebelión militar
El 15 de abril de 2002, el Ministerio Público, a través de las
fiscales 3º y 5º Luisa Monsalve y Rose Marie España,
respectivamente, solicitó el antejuicio de mérito para cinco
oficiales generales y almirantes: el g/d (Ej.)
Efraín Vásquez Velásquez;
el g/b (Av.) Pedro Pereira
Olivares; el v/a Héctor
Ramírez Pérez; el c/a
Daniel Lino Comisso Urdaneta
y el c/a Carlos Molina Tamayo,
quien días después de los sucesos solicitó asilo político a El
Salvador, cuyo gobierno se lo concedió.
El 18 de julio de ese año, el MP le imputó el delito de rebelión a
los cuatro militares mencionados y el 19 de septiembre de ese mismo
año imputó a otros ochos generales por igual delito: g/d
Carlos Alfonso Martínez
(GN); g/d Edgar Bolívar Ramírez
(GN); g/d Rafael Damiani
Bustillos (GN); g/b
Marcos Ferreira Torres (GN); g/b
Oscar José Márquez (GN); b/b
Néstor González González
(GN); g/d Rommel Fuenmayor León
(Ej) y g/b Amelio José
García Valderrey (Ej.).
El delito de rebelión está tipificado en el artículo 476 del Código
Orgánico de Justicia Militar. Se desconoce el paradero de todos
estos militares.
Sólo el G/D Carlos Alfonso Martínez, quien era Inspector General de
la Guardia Nacional para el momento de los hechos de abril, se
encuentra en Venezuela luego de ser juzgado por el delito de
rebelión y absuelto. Sin embargo pagó año y medio de prisión.
Rebelión y usurpación
El 16 de abril de 2003, el Ministerio Público anunció que apelaría
la decisión dictada por la jueza 25º de Control, Josefina Gómez
Sosa, quien acordó la medida cautelar sustitutiva de detención
domiciliaria, con vigilancia policial, para Pedro Carmona Estanga.
El Fiscal con Competencia Nacional José Benigno Rojas y la Fiscal
49º del Area Metropolitana de Caracas, Gladys Carpio, consideraron
que la juez debió acoger la solicitud presentada por el Ministerio
Público que precalificó los hechos como rebelión y usurpación de
funciones, que incluyen penas de 12 a 24 años.
En consecuencia, para delitos con penas tan altas, en ningún caso se
pueden dictar medidas cautelares sustitutivas como la acordada.
Pedro Carmona Estanga solicitó asilo político ante la embajada de
Colombia el 24 de mayo de 2002 y el gobierno de Bogotá se lo
concedió el día 26.
El presidente de facto hizo la petición cuando se enteró que la Sala
6 de la Corte de Apelaciones del Area Metropolitana de Caracas,
revocó la sentencia que le daba casa por cárcel. Desde entonces
permanece en Bogotá.
Rebelión civil y agavillamiento
El lunes 28 de febrero, el presidente de la Confederación de
Trabajadores de Venezuela, Carlos Ortega,
fue detenido por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas -Cicpc-, mientras se
encontraba en un local nocturno de Caracas.
La Fiscal Sexta con Competencia Nacional, Luisa Ortega Díaz fue
designada para investigar el caso, pues sobre Ortega pesa desde el
18 de febrero de 2003, la imputación de los delitos de rebelión
civil y agavillamiento, por los sucesos del 11 de abril, pero además
traición a la Patria, devastación e instigación a delinquir, por el
paro cívico nacional de diciembre de 2002 y enero de 2003.
El Juzgado 49 de Control de Caracas le abrió un proceso el 9 de
febrero de 2003 y entonces le dictó orden de captura y privativa de
libertad a solicitud del Ministerio Público.
Conspiración
Imputados por el delito de conspiración, (previsto en el artículo
144 del Código Penal) tras la firma del decreto de Pedro Carmona
Estanga que derogó la Constitución Nacional, disolvió los poderes
públicos constituidos y destituyó de los cargos a sus
representantes.
En los últimos meses fueron citados a la FGR:
José Gregorio Vásquez
-designado por Carmona como viceministro de la Secretaría de la
Presidencia-, Carlos Ayala Corao,
Américo Martín,
Alberto Quirós Corradi,
Cecilia Sosa Gómez,
Ana Karina González,
Allan Brewer Carías,
Américo Martín, Carmen Elena
Núñez, Eduardo Rodríguez,
Jorge Mateo Redmonds,
Plutarco Elías Valle,
Scarlet Díaz.
Numerosos
Asimismo aparecen en lista: Astrid Santaromita, José Vicente
Carrasquero, José Carta Tirado, José Curiel, Julio Brazón, José
Rodríguez Iturbe, Raúl de Armas, César Carvallo, Guaicaipuro Lameda,
León Arismendi, Godofredo Marín, Douglas León Natera, Rafael Huizi
Clavier, Sergio Omar Calderón, Enrique Yéspica, Jaime Manzo,
Leopoldo López, Felipe Brillenbourg, Engelbert Hedy, Federico
Carmona, Ignacio Salvatierra, Alberto Quiroz Corradi, María Corina
Machado, Corina Machado de Parisca, Juan Borregales y Alejandro Peña
Esclusa, entre otros.
Sobre 26 de ellos pesa una medida de prohibición de salida del país,
dictada por la Sala Accidental 10 de la Corte de Apelaciones, a
solicitud de la Fiscal Luisa Ortega Díaz, entre ellos Ignacio
Salvatierra, María Corina Machado, Alberto Quirós Corradi, Julio
Brazón y Albis Muñoz.
Rebelión civil en grado de cooperación
En mayo de 2002, nueve personas fueron detenidas en el estado
Táchira a raíz de una serie de sucesos que tuvieron lugar en la
residencia del gobernador de esa entidad Ronald Blanco La Cruz, el
12 de abril de ese año: Saúl Lozano, presidente de Fetra-Táchira;
Orlando Pantaleón, directivo del
Sindicato de la Educación; Danny Ramírez,
empresario; Elsy de Peña, ex
consultora del Consejo Legislativo de Táchira;
Jacobo Supelano, empresario;
José Neira Celis, presidente del
Colegio de Abogados de Táchira; Omar
Guillén, funcionario del Consejo Legislativo;
William Forero y
Wilfredo Tovar.
El MP les imputó los delitos de rebelión civil, lesiones leves,
daños a la propiedad y usurpación de funciones y el 11 de junio de
2003, el Juez Octavo de Control, Jorge Ochoa, ordenó la detención
preventiva de los nueve imputados.
De los nueve procesados en el estado Táchira, dos se encuentran en
el Centro Penitenciario de Occidente mejor conocido como cárcel de
Santa Ana, uno en el hospital central de San Cristóbal y seis en
libertad condicional.
Todos están apelando la decisión adoptada por el Juez Segundo de
Juicio, Gerson Niño, quien finalmente los condenó a tres y seis años
de prisión por la comisión del delito de rebelión en grado de
cooperación.
Saúl Lozano, Orlando Pantaleón y Danny Ramírez, fueron
condenados a seis años, mientras que Elsy Márquez de Peña, Jacobo
Supelano, José Neira Celis, Omar Guillén y William Forero,
fueron sentenciados a permanecer tres años en prisión por su
participación en grado de cooperación simple.
No obstante, obtuvieron el beneficio de la libertad condicional.
Wilfredo Tovar fue el único que resultó absuelto, aunque estuvo
preso un año.
Homicidio en grado de autoría intelectual
El 8 de noviembre de 2004, el Fiscal 4to Ambiental con Competencia
Nacional, Danilo Anderson, citó al ex secretario de Seguridad de la
Alcaldía Metropolitana, Henry Vivas
y al ex director de la Policía Metropolitana,
Lázaro Forero, para imputarles del
delito de homicidio en grado de autoría intelectual durante los
sucesos del 11-A, pero no acudieron.
Ambos comisarios fueron detenidos el 3 de diciembre, luego que el
gobierno de El Salvador les negó el asilo político solicitado el 26
de noviembre.
La Fiscal Sexta con Competencia Nacional, Luisa Ortega Díaz les
imputó finalmente los delitos de homicidio calificado consumado,
homicidio calificado frustrado, homicidio en grado de complicidad
necesaria y lesiones graves y gravísimas.
El Ministerio Público solicitó al Tribunal 13 de Control a cargo de
la jueza Anabel Rodríguez, medida privativa de libertad para los dos
comisarios policiales porque existía la intención de huir el país.
La jueza acordó la solicitud y remitió el caso al Tribunal 7º de
Control de Maracay.
Proceso
Al comisario Iván Simonovis, ex
secretario de Seguridad Ciudadana de la Alcaldía Mayor durante los
hechos violentos, se le imputó cooperación necesaria en el delito de
homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva, lesiones
graves y lesiones menos graves en detrimento de las personas,
tipificados en los artículos 408, 84, 426 y 416 del Código Penal.
El 22 de noviembre fue detenido en el aeropuerto internacional de La
Chinita en Maracaibo, cuando intentaba viajar hacia Miami, Estados
Unidos.
Trasladado a Caracas permaneció en la Disip hasta tanto el juicio
fue radicado en Aragua.
El 24 de noviembre, el Tribunal 34 de Control del Área Metropolitana
acordó la medida privativa de libertad contra Simonovis y
declinó el caso en el Tribunal 7º en Funciones de Control del estado
Aragua, a cargo del juez Francisco Ramón Mota, sobre la base de una
decisión de la Sala de Casación Penal del TSJ que indica que todos
los casos relacionados con los sucesos del 11 de abril deben ser
conocidos por esa circunscripción judicial.
Los tres ex funcionarios policiales permanecen detenidos en Maracay
y los delitos que se les imputan están establecidos en el artículo
406, ordinal 1º del Código Penal, estableciendo penas que van entre
15 y 20 años de prisión.
Otros ocho funcionarios son procesados en fase de juicio en la
ciudad de Maracay, ante el juzgado 4º de juicio, imputados por los
delitos de homicidio y lesiones graves durante los hechos del 11 de
abril.