Reporteros sin Fronteras, 2006.02.23
Caso Anderson : el Ministro de Información reclama la aplicación de la ley de
responsabilidad social de los medios audiovisuales
El Ministro de Comunicación e Información, Yuri Pimentel, solicitó el 22 de
febrero, a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), que se aplique
la Ley de responsabilidad social de las radios y televisiones a un conjunto de
medios audiovisuales. El ministro acusa a esos medios de comunicación, cuya
lista no ha facilitado, de “estar obstruyendo” la justicia y el procedimiento
penal en curso, relativo al dossier del asesinato del fiscal Danilo Anderson. De
acuerdo con el artículo 4 de la Ley de responsabilidad social de las radios
televisiones, aprobada el 24 de noviembre de 2004, puede abrirse una
investigación con el objetivo de sancionar a los medios audiovisuales con una
multa, que representaría entre el 1 y el 2% de sus ingresos brutos anuales. Por
una decisión judicial del 23 de enero de 2006, confirmada en apelación el 14 de
febrero, de momento son diez los medios de comunicación, entre los que se
encuentran seis televisiones, que tienen prohibido publicar cualquier elemento
relativo al caso Anderson.
15.02.06 - Rechazado en apelación un recurso de la prensa contra la prohibición
de publicar
El 14 de febrero de 2006, el Tribunal de Apelación de Caracas rechazó el recurso
presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Prensa (SNTP), y varios
medios de comunicación, contra una prohibición de publicar dictada en primera
instancia el pasado 23 de enero. En aquel momento, y a petición del fiscal
general de la República, el juez inició un procedimiento, por “obstrucción a la
justicia”, contra diez órganos de prensa -entre los que se encuentran los
canales públicos Venezolana de Televisión y Canal Metropolitano-, acusados de
haber cuestionado la credibilidad de un testigo de cargo en el asesinato del
juez Danilo Anderson, ocurrido en 2004. Al mismo tiempo, y como “medida
preventiva”, la justicia prohibió a los medios de comunicación publicar la más
mínima información relativa a la investigación sobre la muerte del juez y
mencionar al testigo, que sin embargo ya era conocido como Giovanny Vázquez. El
poder venezolano sospecha que Patricia Poleo, directora del diario El Nuevo
País, que hoy se encontraría huida en Estados Unidos, formaba parte de los
autores intelectuales del asesinato de Danilo Anderson. “Seguimos pensando que
esa decisión no viola la libertad de expresión, solamente la restringe, porque
la libertad de expresión tiene limitaciones”, declaró a la AFP la fiscal Luz
Patricia Mejías, a la salida del tribunal de apelación.
24.01.06 - Medida precautoria contra algunos medios de comunicación acusados de
« obstrucción a la justicia » : Reporteros sin Fronteras denuncia la censura del
Estado
Reporteros sin Fronteras condena la prohibición, efectuada el 23 de enero de
2006 a los medios de comunicación, de mencionar un testimonio clave y publicar
cualquier elemento del procedimiento relativo al asesinato del juez Danilo
Anderson, ocurrido en noviembre de 2004. Diez medios de comunicación son objeto
de un procedimiento por « obstrucción a la justicia », sobre la base de la Ley
orgánica del poder judicial y de la Ley de responsabilidad social de las radios
y televisiones, del 24 de noviembre de 2004. El delito de « obstrucción a la
justicia » puede acarrear penas de seis meses a dos años de cárcel.
« El caso de Danilo Anderson tiene grandes repercusiones políticas y mediáticas,
sabiendo como se sabe que hay dos periodistas de la oposición acusados de formar
parte de los autores intelectuales del asesinato del juez, y sabiendo también
que un cierto número de medios de comunicación privados han cuestionado la
credibilidad de Giovanny Vásquez, testigo de cargo contra ambos periodistas. Nos
tememos que ese procedimiento por “obstrucción a la justicia” sea una coartada
jurídica para otro arreglo de cuentas del gobierno con la prensa privada. La
medida precautoria adoptada contra los medios equivale a una censura de Estado
», ha declarado Reporteros sin Fronteras.
El 23 de enero, el juez de Caracas, Florencio Silano, accedió a la petición del
fiscal general de la República, Isaías Rodríguez, de prohibir a los medios de
comunicación publicar algunos elementos relativos al asesinato del juez Danilo
Anderson, y de mencionar el nombre del colombiano Giovanny Vásquez, considerado
por el gobierno y la justicia como un testigo de cargo contra Patricia Poleo,
del diario El Nuevo País, huida a Perú, y Nelson Mezerhane, principal accionista
del canal Globovisión, ambos acusados de formar parte de los autores
intelectuales del asesinato del magistrado. Varios medios de comunicación han
cuestionado la credibilidad del testigo, subrayando entre otras cosas que no es
psiquiatra, como pretende, y que tiene estrechas relaciones con la guerrilla
colombiana.
En virtud de la decisión del 23 de enero, diez órganos de prensa están inmersos
en un procedimiento por « obstrucción a la justicia », que se encuentra a la vez
en manos del juez Silano y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel),
el organismo de control habilitado para revocar las licencias de emisión de los
medios audiovisuales, según la Ley de responsabilidad social de las radios y
televisiones.
En el procedimiento están implicados los cuatro principales canales privados,
Televén, RCTV, Venevisión y Globovisión, y también el Canal Metropolitano (de
Caracas) y el canal público Venezolana de Televisión (VTV). Hay también cuatro
diarios en el punto de mira de las autoridades : El Nacional, El Universal,
Ultimas Noticias y El Nuevo País.
Asesinado el 18 de noviembre de 2004, Danilo Anderson se encargaba de investigar
a 400 personas - empresarios, periodistas, líderes de la oposición - sospechosas
de haber organizado el golpe de Estado fallido contra el presidente Hugo Chávez,
el 11 de abril de 2002.
Hugo Chávez, plebiscitado en referéndum en agosto de 2004, ha hecho que se
aprobaran dos leyes enormemente restrictivas para la libertad de expresión, y la
libertad de prensa : la Ley de responsabilidad social de las radios y
televisiones, del 24 de noviembre de 2004, y la Ley de reforma del código penal,
del 16 de marzo de 2005. Hasta ahora, las autoridades nunca habían recurrido a
ese arsenal legal.
http://www.rsf.org/article.php3?id_article=16256