Reporteros sin Fronteras, 2006.02.23

Caso Anderson : el Ministro de Información reclama la aplicación de la ley de responsabilidad social de los medios audiovisuales

El Ministro de Comunicación e Información, Yuri Pimentel, solicitó el 22 de febrero, a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), que se aplique la Ley de responsabilidad social de las radios y televisiones a un conjunto de medios audiovisuales. El ministro acusa a esos medios de comunicación, cuya lista no ha facilitado, de “estar obstruyendo” la justicia y el procedimiento penal en curso, relativo al dossier del asesinato del fiscal Danilo Anderson. De acuerdo con el artículo 4 de la Ley de responsabilidad social de las radios televisiones, aprobada el 24 de noviembre de 2004, puede abrirse una investigación con el objetivo de sancionar a los medios audiovisuales con una multa, que representaría entre el 1 y el 2% de sus ingresos brutos anuales. Por una decisión judicial del 23 de enero de 2006, confirmada en apelación el 14 de febrero, de momento son diez los medios de comunicación, entre los que se encuentran seis televisiones, que tienen prohibido publicar cualquier elemento relativo al caso Anderson.

15.02.06 - Rechazado en apelación un recurso de la prensa contra la prohibición de publicar

El 14 de febrero de 2006, el Tribunal de Apelación de Caracas rechazó el recurso presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Prensa (SNTP), y varios medios de comunicación, contra una prohibición de publicar dictada en primera instancia el pasado 23 de enero. En aquel momento, y a petición del fiscal general de la República, el juez inició un procedimiento, por “obstrucción a la justicia”, contra diez órganos de prensa -entre los que se encuentran los canales públicos Venezolana de Televisión y Canal Metropolitano-, acusados de haber cuestionado la credibilidad de un testigo de cargo en el asesinato del juez Danilo Anderson, ocurrido en 2004. Al mismo tiempo, y como “medida preventiva”, la justicia prohibió a los medios de comunicación publicar la más mínima información relativa a la investigación sobre la muerte del juez y mencionar al testigo, que sin embargo ya era conocido como Giovanny Vázquez. El poder venezolano sospecha que Patricia Poleo, directora del diario El Nuevo País, que hoy se encontraría huida en Estados Unidos, formaba parte de los autores intelectuales del asesinato de Danilo Anderson. “Seguimos pensando que esa decisión no viola la libertad de expresión, solamente la restringe, porque la libertad de expresión tiene limitaciones”, declaró a la AFP la fiscal Luz Patricia Mejías, a la salida del tribunal de apelación.

24.01.06 - Medida precautoria contra algunos medios de comunicación acusados de « obstrucción a la justicia » : Reporteros sin Fronteras denuncia la censura del Estado

Reporteros sin Fronteras condena la prohibición, efectuada el 23 de enero de 2006 a los medios de comunicación, de mencionar un testimonio clave y publicar cualquier elemento del procedimiento relativo al asesinato del juez Danilo Anderson, ocurrido en noviembre de 2004. Diez medios de comunicación son objeto de un procedimiento por « obstrucción a la justicia », sobre la base de la Ley orgánica del poder judicial y de la Ley de responsabilidad social de las radios y televisiones, del 24 de noviembre de 2004. El delito de « obstrucción a la justicia » puede acarrear penas de seis meses a dos años de cárcel.

« El caso de Danilo Anderson tiene grandes repercusiones políticas y mediáticas, sabiendo como se sabe que hay dos periodistas de la oposición acusados de formar parte de los autores intelectuales del asesinato del juez, y sabiendo también que un cierto número de medios de comunicación privados han cuestionado la credibilidad de Giovanny Vásquez, testigo de cargo contra ambos periodistas. Nos tememos que ese procedimiento por “obstrucción a la justicia” sea una coartada jurídica para otro arreglo de cuentas del gobierno con la prensa privada. La medida precautoria adoptada contra los medios equivale a una censura de Estado », ha declarado Reporteros sin Fronteras.

El 23 de enero, el juez de Caracas, Florencio Silano, accedió a la petición del fiscal general de la República, Isaías Rodríguez, de prohibir a los medios de comunicación publicar algunos elementos relativos al asesinato del juez Danilo Anderson, y de mencionar el nombre del colombiano Giovanny Vásquez, considerado por el gobierno y la justicia como un testigo de cargo contra Patricia Poleo, del diario El Nuevo País, huida a Perú, y Nelson Mezerhane, principal accionista del canal Globovisión, ambos acusados de formar parte de los autores intelectuales del asesinato del magistrado. Varios medios de comunicación han cuestionado la credibilidad del testigo, subrayando entre otras cosas que no es psiquiatra, como pretende, y que tiene estrechas relaciones con la guerrilla colombiana.

En virtud de la decisión del 23 de enero, diez órganos de prensa están inmersos en un procedimiento por « obstrucción a la justicia », que se encuentra a la vez en manos del juez Silano y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), el organismo de control habilitado para revocar las licencias de emisión de los medios audiovisuales, según la Ley de responsabilidad social de las radios y televisiones.

En el procedimiento están implicados los cuatro principales canales privados, Televén, RCTV, Venevisión y Globovisión, y también el Canal Metropolitano (de Caracas) y el canal público Venezolana de Televisión (VTV). Hay también cuatro diarios en el punto de mira de las autoridades : El Nacional, El Universal, Ultimas Noticias y El Nuevo País.

Asesinado el 18 de noviembre de 2004, Danilo Anderson se encargaba de investigar a 400 personas - empresarios, periodistas, líderes de la oposición - sospechosas de haber organizado el golpe de Estado fallido contra el presidente Hugo Chávez, el 11 de abril de 2002.

Hugo Chávez, plebiscitado en referéndum en agosto de 2004, ha hecho que se aprobaran dos leyes enormemente restrictivas para la libertad de expresión, y la libertad de prensa : la Ley de responsabilidad social de las radios y televisiones, del 24 de noviembre de 2004, y la Ley de reforma del código penal, del 16 de marzo de 2005. Hasta ahora, las autoridades nunca habían recurrido a ese arsenal legal.

http://www.rsf.org/article.php3?id_article=16256

 

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