República Bolivariana de Venezuela
  MINISTERIO PÚBLICO
              Despacho del
          GENERAL DE LA REPÚBLICA
             Dirección de Consultoría Jurídica

                                  31762            Caracas, 2 3 JUL 2002

  DFGR‑DCCA‑2002

 

Ciudadano
LUIS MANUEL ESCULPI
Calle los Araguaneyes, Casa N°  28
Chuao, Municipio Baruta
Estado Miranda

 

                             Me dirijo a usted, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la oportunidad de dar respuesta a su comunicación de fecha 7 de junio de 2002, presentada en esa misma fecha por ante la  Dirección de Secretaría General,  mediante la cual denuncia al Fiscal General de la República por la presunta comisión de ilícitos penales y solicita:

 

"... que por cuanto la presente denuncia se interpone contra supuestos ilícitos penales cometidos por el ciudadano Fiscal General de la República, las presentes actuaciones se remitan al Tribunal Supremo de Justicia    (...)      para   que  con   posteridad  a ello  se  determine si  hay  mérito   o   no   para   enjuiciar   al ciudadano   Fiscal   General de la República..." (Resaltado nuestro).

 

                            Al respecto le participo, que tomando en consideración su petición,. y en vista de la sentencia de la  Sala  Constitucional del  Tribunal  Supremo de  Justicia, dictada en fecha 20 de junio de 2002  (Expediente N° 02-1015),  se decidió  enviar  su escrito a ese  Máximo Tribunal de la República.

 

           Sin otro particular al cual hacer referencia.

 

Atentamente,

 

HYLLIS LOPEZ DE PENSO

Vice Fiscal General de la República

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