FORO
PARA LA DEMOCRATIZACION DE LA JUSTICIA
Y LOS DERECHOS HUMANOS
TERCERA REUNION
Mecanismos de participación de la
sociedad civil
en el proceso de legitimación del Poder
Ciudadano, Electoral y Judicial
MIERCOLES 22 DE MAYO DE 2002
Lugar: Sede del ILDIS, Avenida San Juan Bosco,
Altamira, Edificio San Juan, piso 4
Hora: 2:30 p.m.
Agenda
Amigos
El martes la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el proyecto de
ley del Poder Electoral, después de pasar ocho meses engavetada, y le dieron
"urgencia parlamentaria"
En ese proyecto de ley esta una propuesta de Comite de Postulaciones para la
selección de los miembros de ese poder, que no se parece a los que hemos
conversado. Les copio:
ARTÍCULO 15
El Comité de Postulaciones Electorales está integrado por once (11)
miembros, designados o designadas de la siguiente manera:
-
Tres (3) de los miembros son Diputados o Diputadas de la Asamblea
Nacional, designados o designadas mediante el voto favorable de sus dos
terceras partes.
Dos (2) de los miembros son designados o designadas por los rectores de
las universidades públicas nacionales, con el voto favorable de sus dos
terceras partes, pudiendo ser escogidos o escogidas de su seno o fuera de
él.
Dos (2) de los miembros son designados o designadas por las academias
nacionales, mediante el voto favorable de sus dos terceras partes,
pudiendo ser escogidos o escogidas de su seno o fuera de él.
Dos (2) de los miembros son designados o designadas por la Confederación
de Trabajadores de Venezuela.
Dos (2) de los miembros son designados o designadas por Fedecamaras.
Documento enviado por Mercedes De
Freitas
Comité de Postulaciones y
Concepto y Proceso
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