INFORME DEL 122º PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA CIDH

 

ANEXO AL COMUNICADO DE PRENSA 8/05

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presenta el informe de las actividades desarrolladas durante su 122º período ordinario de sesiones.  La CIDH está integrada por  Clare K. Roberts, Presidente; Susana Villarán, Primera Vicepresidenta; Paulo Sérgio Pinheiro, Segundo Vice Presidente;  y por los Comisionados José Zalaquett, Evelio Fernández Arévalos, Freddy Gutiérrez y Florentín Meléndez.  El Secretario Ejecutivo de la CIDH es el Dr. Santiago A. Canton.

 

Durante este período de sesiones, la CIDH aprobó 51 informes sobre casos y peticiones individuales.  Entre el 28 de febrero y el 4 de marzo de 2005 se celebraron 43 audiencias relativas a casos y peticiones individuales, a medidas cautelares y a situaciones generales y específicas de derechos humanos.  La Comisión Interamericana agradece la asistencia y participación en las audiencias, tanto de los representantes de los Estados miembros de la OEA, como de quienes lo hicieron a título personal o en carácter de peticionarios.  Todos estos participantes contribuyen con su presencia al fortalecimiento del trabajo de protección de los derechos humanos de los habitantes del hemisferio.  Cabe destacar en este sentido la participación de altas autoridades gubernamentales, incluyendo a Ministros y Subsecretarios de Estado, así como Fiscales y Procuradores Generales de varios países, quienes han demostrado la voluntad de diálogo de sus respectivos Estados con la CIDH y la sociedad civil.

 

I.        INFORMES SOBRE PETICIONES Y CASOS INDIVIDUALES

 

La CIDH prosiguió el estudio de numerosas peticiones y casos individuales en las cuales se alegan violaciones de los derechos humanos protegidos por la Convención Americana, la Declaración Americana, y otros instrumentos interamericanos.

 

Los informes aprobados por la CIDH reflejan algunos de los problemas estructurales en materia de derechos humanos que aún persisten en la región.  Se refieren, entre otros asuntos, al respeto al derecho a la vida y la integridad personal,  las garantías del debido proceso y protección judicial, los derechos de los niños, de los pueblos indígenas, de las mujeres y de los derechos económicos, sociales y culturales.

 

Durante las sesiones, la CIDH aprobó 12 informes de fondo.  Dichos informes se transmitirán a los respectivos Estados miembros, según el caso, de acuerdo al artículo 50 de la Convención Americana o al artículo 43 del Reglamento de la CIDH.  A continuación se enumeran los casos en los que la decisión de la CIDH es de carácter público: 

A.      FONDO

NÚMERO

NOMBRE

PAÍS

12.219

Christian Daniel Sahli Vera y otros

Chile

12.439

Toronto Markkey Patterson

Estados Unidos

 

B.       INADMISIBILIDAD

 

P12.170

Fernando Colmenares Castillo

México

P11.433

Benjamín Guerra Duarte

Nicaragua

P504/99

Beatriz E. Pinzas de Chung

Perú

P792/01

Carlos Iparraguirre y Luz A. Vásquez de Iparraguirre

Perú

P12139

José Luis Forzanni Ballardo

Perú

 

C.      ADMISIBILIDAD

 

P11.618

Carlos Alberto Mohamed

Argentina

P12.289

Guillermo Santiago Zaldívar

Argentina

P462/04

Asmeth Yamith Salazar Palencia

Colombia

P3156/02

Gustavo Sastoque Alfonso

Colombia

P285/03

Omar Humberto Maldonado Vargas y otros

Chile

P1103/03

Ricardo Noboa Bejarano

Ecuador

P12.238

Miriam Larrea Pintado

Ecuador

P001/03

Elias Gattass Sahih

Ecuador

P380/03

Rafael Ignacio Cuesta Caputi

Ecuador

P708/03

Gregoria Herminia, Serapio Cristián y Julia Contreras

El Salvador

P3885/02

James Rexford Powell

Estados Unidos

P221/02

Edgar Eduardo Pineda

Guatemala

P642/03

Luis R. Cuscul y otros afectados por el VIH/SIDA

Guatemala

P3101/02

Oscar Daniel Medina Cortés y otro

Honduras

P059/03

Carlos Escaleras Mejía

Honduras

P281/02

Claudia Ivette González

México

P282/02

Esmeralda Herrera Monreal

México

P283/02

Laura Berenice Ramos Monarrez

México

P054/04

Valdemir Quispialaya Capoma

Perú

P176/00

Rafael Correa Díaz

Perú

P12.269

Dexter Lendore

Trinidad y Tobago

P12.270

Johan Alexis Ortiz Hernández

Venezuela

P204/04

Narciso Barrios y otros

Venezuela

P282/04

Ana Ruggeri Cova, Perkins Rocha y Juan C. Apitz

Venezuela

 

D.      ARCHIVO

 

P12.368

Thomas Nevius

Estados Unidos

P12.411

Geraldo Valdez Matos

Estados Unidos

P12.369

Salvador Guadalupe Nolasco y otros

México

P.11.074

Darwin Romero Siles y otros

Nicaragua

P.11.168

Pedro Larreátegui y otros

Nicaragua

P.10.946

Macedonio Lirio León

Perú

P.747/00

Amyella Chumbes Zúniga

Perú

P.10.599

José A. Linarez Rodríguez y Freddy Enrique Linares

Venezuela

P.10.600

Luis Antonio Parra Cano y otros

Venezuela

P.12.015

Juan Carlos Jaspe Sánchez

Venezuela

 

II.       AUDIENCIAS

 

Entre el 28 de febrero y el 4 de marzo de 2005, la CIDH celebró 43 audiencias relativas a casos y peticiones individuales, medidas cautelares y situaciones generales y específicas de derechos humanos en distintos Estados y regiones.  Las audiencias referidas a casos y peticiones individuales versaron sobre cuestiones de admisibilidad, fondo, solución amistosa y seguimiento.

 

Las personas que acuden a brindar testimonios o información durante las audiencias deben gozar de todas las garantías necesarias.[1]  En tal sentido, la CIDH expresa su repudio por el atentado contra el señor Rafael Cabargas y su escolta, perpetrado en la ciudad de Cartagena, Colombia, el 2 de marzo de 2005, un día después de celebrada la audiencia programada para el seguimiento de las medidas cautelares dictadas a favor de los miembros de la junta directiva de ECOPETROL-USO.  El señor Carbargas es un ex miembro de la Junta Directiva Nacional de la Unión Sindical Obrera (USO) y actual asesor de la referida organización sindical.  Ambas víctimas se encuentran en grave estado de salud.  En vista de la situación, la CIDH urge al Estado colombiano a investigar el atentado en forma exhaustiva, juzgar y sancionar a los responsables, así como asegurar que los beneficiarios de las medidas cautelares reciban la debida protección.

 

Entre las cuestiones de importancia abordadas en casos individuales durante las audiencias, se destaca el reconocimiento de responsabilidad del Estado argentino en el caso del ataque terrorista contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).  El asunto se halla actualmente bajo trámite en la CIDH bajo el número 12.204 y se refiere al ataque perpetrado el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires, Argentina, que dejó 80 personas muertas y más de 300 heridos.  Durante la audiencia, los representantes del Estado reconocieron la responsabilidad estatal por las violaciones de los derechos a la vida, integridad física y protección judicial, garantizados en la Convención Americana.[2] 

 

A.      Situación general en Estados miembros de la OEA

 

La CIDH celebró audiencias sobre la situación general de derechos humanos en varios países de la región.  Durante las audiencias, se recibió información general  sobre la situación en Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, Haiti y Venezuela.

 

En cuanto a la situación en Bolivia, la CIDH recibió información sobre problemas que afectan la vigencia del Estado de derecho, los derechos de los pueblos indígenas, el derechos a la salud, derechos de la mujer, tortura, y la situación de los defensores de derechos humanos.  La CIDH ha seguido de cerca la situación de descontento social y debilidad  institucional, y espera que la inestabilidad sea resuelta mediante el fortalecimiento del Estado de derecho y las instituciones democráticas, de acuerdo a la Carta Democrática y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.  Finalmente, la Comisión tiene previsto programar nuevas fechas para la visita in loco a Bolivia que tenía prevista a principios del presente año.

 

La Comisión Interamericana recibió igualmente información sobre la situación de los derechos humanos en Colombia.  Entre el 15 y el 18 de febrero de 2005, una delegación de la CIDH encabezada por la Comisionada Susana Villarán visitó la ciudad de Bogotá a fin de presentar formalmente el Informe sobre el Proceso de Desmovilización en Colombia, adoptado y hecho público en el pasado mes de diciembre.  La Comisión Interamericana debe manifestar su preocupación por el hecho que, a pesar del compromiso de cese de hostilidades por partes de las Autodefensas Unidas Colombia (AUC), continúan los actos de violencia e intimidación contra la población civil.  Cualquier esfuerzo de pacificación y desmovilización de grupos armados debe descansar sobre la legitimidad generada por el compromiso en acuerdos alcanzados a la luz de los parámetros internacionales, el cese del empleo de la violencia y la intimidación contra la población civil, la sujeción a la ley, la justicia y la reparación de las víctimas.

 

Si bien en Cuba se ha liberado a algunas personas que habían sido injustamente encarceladas, no se han verificado cambios significativos respecto a la situación de represión sistemática de disidentes, defensores de derechos humanos y periodistas independientes.  Persisten además las violaciones generalizadas de las libertades públicas, especialmente en cuanto al derecho a la participación política y la libertad de expresión.  La CIDH reitera la necesidad de elecciones periódicas, libres, justas y pluralistas, basadas en el sufragio universal, como expresión de la voluntad popular.  La Comisión consideró igualmente información recibida desde su anterior periodo ordinario de sesiones, que se refiere a las condiciones de detención, los derechos laborales y sindicales, los derechos de la mujer, el derecho de residencia y tránsito, así como el derecho a la libertad de expresión en Cuba.  Finalmente, la CIDH reitera que las sanciones económicas impuestas al régimen cubano tienen un grave impacto sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales.

 

La Comisión ha continuado observando con profunda preocupación la fragilidad institucional del Estado de Derecho en Ecuador.  En años recientes, el sistema político ecuatoriano ha sido uno de los más inestables de la región. El promedio de duración de los gobiernos es menor de dos años. Esta situación se ha visto agravada en los últimos meses con la remoción de cinco de los nueve vocales del Tribunal Constitucional, los miembros del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los 31 jueces de la Corte Suprema de Justicia. La independencia e imparcialidad judicial son elementos esenciales para la protección de los derechos humanos y la vigencia del Estado de derecho. Estos principios subyacen en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y han sido reconocidos expresamente como un elemento esencial de la democracia por la Carta Democrática Interamericana. Asimismo, en los últimos meses, se han producido una serie de actos de violencia, hostigamiento y amenazas contra líderes sindicales, sociales, indígenas, políticos, estudiantiles que han expresado su oposición pública a las decisiones anteriormente mencionadas.

 

Respecto a Haití, la Comisión Interamericana ha recibido información sobre la situación de los derechos humanos en dicho país, incluyendo las condiciones de inseguridad, la situación de las personas detenidas, de los miembros de la prensa y de la libertad de expresión, así como sobre el papel de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH).  A la luz de esta información, la Comisión Interamericana permanece extremamente preocupada por la aparente falta de control del Estado sobre la seguridad interna del país, y por la continua amenaza que constituyen para la población civil y para la futura estabilidad del país los ex integrantes de las fuerzas militares, pandillas, y otros grupos armados ilegales.  La Comisión Interamericana renueva su llamado al Gobierno de Haití y a la Comunidad internacional para que tomen todas las medidas urgentes que resulten necesarias, acorde con parámetros aplicables de derechos humanos, a fin de que se garantice la seguridad de los habitantes de Haití y se creen las condiciones conducentes a la realización de las elecciones generales previstas para el otoño de 2005.  Respecto a la continuada privación de libertad de personas asociadas al gobierno anterior, incluyendo al ex Primer Ministro Yvon Neptune y el ex Ministro del Interior Jocelerme Privert, la Comisión Interamericana recuerda una vez más al Estado que el artículo 7 de la Convención Americana consagra al prohibición del arresto y detención arbitraria; al mismo tiempo, urge a que el Gobierno aclare la situación jurídica de todos los detenidos y prisioneros,  que garantice que su seguridad será protegida y que se les otorgarán los parámetros básicos de respeto a la integridad personal.  Además, la Comisión Interamericana expresa su profunda preocupación por la situación de ciertos grupos en Haití, incluyendo a mujeres, niños, defensores de derechos humanos y periodistas, que han sido particularmente afectados por la violencia y las deplorables condiciones de vida, y enfatiza la necesidad urgente de que la asistencia internacional llegue a quienes más la necesitan.

 

Durante las sesiones, la CIDH recibió información que da cuenta del endémico problema de los jueces provisionales en Venezuela.  Desde 2004 hasta el presente se han designado 436 fiscales provisionales. La CIDH manifiesta su más profunda preocupación, dado que el alto porcentaje de jueces provisionales y fiscales provisionales, interinos y suplentes perjudica seriamente el derecho de la ciudadanía a una adecuada administración de justicia.  Asimismo, incide en forma negativa sobre los derechos de los magistrados y fiscales a la estabilidad en los cargos y, en consecuencia, a la garantía de su independencia y autonomía.  Esta tendencia no refleja los parámetros internacionales de protección a los derechos humanos, la jurisprudencia del sistema interamericano en la materia, ni las recomendaciones que la CIDH ha venido señalando desde su visita al país en el año 2002.  La Comisión reitera su preocupación por la situación de riesgo y estigmatización de la cual son objeto los defensores de derechos humanos en Venezuela y por el clima de hostilidad que enfrentan las organizaciones dedicadas a la protección y defensa de los derechos humanos, especialmente aquellos defensores de derechos humanos que asistieron a las audiencias de la Comisión y de aquellos que trabajan en zonas fronterizas de dicho país.

 

B.       Otras audiencias generales

 

          El Programa Nacional de Derechos Humanos de México fue presentado en el curso de una audiencia con una delegación de autoridades de dicho país.  La delegación mexicana explicó los objetivos del programa y expresó su voluntad de seguir cooperando con la CIDH y con la sociedad civil a fin de cumplirlos.  La CIDH recibió asimismo información de seguimiento de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú (CVR), en audiencia que contó con la participación de una delegación del Estado peruano y representantes de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.  La CIDH reconoce nuevamente los esfuerzos que ha desplegado el Estado peruano para aplicar tales recomendaciones y urge a que prosiga en este proceso a través de la Comisión de Seguimiento e Implementación de las Recomendaciones de la CVR.

 

La Corte Suprema de Honduras compareció ante la CIDH para presentar sus opiniones acerca de la situación de la administración de justicia y los derechos humanos.  Finalmente, se celebró una audiencia sobre la situación de la jurisdicción militar y su aplicación a investigaciones de presuntas violaciones de derechos humanos en Brasil; y otra acerca de la situación de personas que se hallan en prisión preventiva en Perú acusados de terrorismo, luego de la anulación de las investigaciones y sentencias del Tribunal Constitucional de enero de 2003,  que no han recuperado su libertad a pesar de la duración de su detención.

C.         Audiencias temáticas

Como lo ha hecho en sesiones anteriores, la Comisión Interamericana convocó a una serie de audiencias sobre temas específicos dentro de su mandato, o para analizar la situación de los derechos de personas que  pertenecen a grupos específicos.

 

La CIDH recibió información sobre la grave situación de la violencia contra las mujeres en el marco del conflicto armado en Colombia.  Durante la audiencia, destacaron el impacto del conflicto sobre las mujeres, particularmente las que se encuentran en situación de desplazamiento forzoso, y enfatizaron la importancia de la verdad, la justicia y la  reparación de las violaciones de derechos humanos.  Asimismo, las peticionarias plantearon la importancia del cumplimiento en el ámbito interno de las provisiones de instrumentos internacionales y regionales, tales como la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.

 

Los derechos de los pueblos indígenas fueron abordados en diversas audiencias.  Una de ellas se refirió a la situación de indígenas y sometidos a procesos penales en el estado de Oaxaca, México.  En este sentido, durante las sesiones la CIDH recibió con beneplácito la noticia  sobre las medidas tomadas el 8 de marzo de 2005 por el Gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz Ortiz, que resultaron en la liberación de  336 indígenas que habían sido detenidos en dicho estado por delitos menores; esto completaría la suma de 518 personas de distintas etnias que se han beneficiado con tales medidas bajo la administración del señor Ruiz Ortiz.

 

En cuanto a Guatemala, los derechos de los pueblos indígenas y la minería fueron objeto de una audiencia.  Asimismo, se llevó a cabo una audiencia sobre la situación general de los derechos de los mapuches en Chile y sobre los derechos de los pueblos indígenas en Costa Rica.  En otro aspecto del mismo tema, se recibió en audiencia información acerca de la implementación de decisiones de casos sobre derechos de los pueblos indígenas, relativo a varios Estados de las Américas.

 

En cuanto a los derechos de la niñez, la Comisión Interamericana celebró una audiencia en la que recibió información sobre la situación de los niños y el sistema de adopciones en Guatemala.  Asimismo, fue informada sobre la situación de los niños y adolescentes sometidos a explotación sexual comercial en El Salvador.

 

          El derecho a la libertad de expresión fue igualmente materia de varias audiencias sobre peticiones, casos, y sobre países.  En tal sentido, la Comisión Interamericana recibió presentaciones sobre la situación del derecho a la libertad de expresión en México y Honduras, ambos países que ha visitado la Relatoría de la CIDH.  También se recibió en audiencia información acerca de la situación de las radios comunitarias en Guatemala.

 

Durante el 122 período ordinario de sesiones, se recibió información referente a la situación de los derechos humanos de los refugiados e inmigrantes en Panamá.  En el curso de la audiencia, las organizaciones peticionarias y el Estado panameño analizaron dicho asunto, con énfasis especial en la condición de los colombianos que buscan refugio en Panamá.

 

Asimismo, la CIDH recibió información respecto a los derechos de los trabajadores migratorios en Estados Unidos por parte de varias organizaciones.  Los peticionarios examinaron las consecuencias de la decisión de la Corte Suprema de EE.UU. en el Caso de Hoffman Plastics Compounds Inc vs. NLRB (2002) acerca de los derechos laborales de trabajadores migratorios indocumentados que residen en los Estados Unidos; sobre las condiciones de trabajo de trabajadores migratorios; y sobre la situación de los trabajadores en las granjas del estado de Florida.  Las organizaciones que participaron de la audiencia pidieron que la CIDH efectuara una visita de investigación  in loco para observar las condiciones de los trabajadores migratorios en los Estados Unidos,

 

          En otros temas incluidos en su mandato de protección y promoción de los derechos humanos, la Comisión Interamericana recibió información acerca de la situación de personas que pertenecen a grupos vulnerables en Honduras.

 

El disfrute de derechos económicos, sociales y culturales fue igualmente materia de varias audiencias.  Respecto a Colombia, el análisis de la situación general de los derechos humanos incluyó una sección especial en la que se enfatizó la importancia del derecho a la educación.

 

La CIDH recibió asimismo información sobre el derecho a la vivienda en las Américas.  Igualmente, se recibió en audiencia información sobre la situación del derecho a la alimentación en el hemisferio. En el curso de dichas audiencias, la Comisión Interamericana recibió consideraciones de los peticionarios acerca del marco jurídico aplicable, respectivamente, en materia de derecho a la alimentación y derecho a la vivienda, además de ejemplos particulares sobre el tema en algunos países de la región.

 

B.                 Audiencias sobre casos y peticiones

 

      12.204 – Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), Argentina

      12.128 – Horacio Verbitsky y otros; 12.218 – Eduardo Kimel, Argentina

      12.143 – Eduardo Perales Martínez, Chile

      12.476 - Oscar Elías Bisset y 74 otras personas condenadas, Cuba

      12.463 - María del Consuelo Ibarguen Rengifo y otros, Colombia

      12.091 – Chaparro Álvarez, Ecuador

      12.452 - Tirso Román Valenzuela, Guatemala

      Casos incluidos en el comunicado conjunto de 22 de febrero de 2001, Perú

      12.444 – Eduardo Nicolás Cruz Sánchez y otros, Perú

      12.261 – Phillip Ray Workman, Estados Unidos

 

C.                Audiencias sobre medidas cautelares

 

         Seguimiento e implementación de medidas cautelares,  Colombia

         937-04, 35 familias desplazadas de Ariari, Villavicencio, Colombia

         180-01 Pueblo Embera Katío del Alto Sinú, Colombia

         233-02 Asociación Campesina de Arauca (ACA), Colombia

         1-01 Unión Sindical Obrera (USO) y 133-00 Sindicalistas del Valle del Cauca (SINTRAEMCALI), Colombia

         128-00 Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo; 705-03 Comisión Colombiana de Juristas; 83-99 Fundación Comité de Solidaridad con Presos Políticos; 184-01 Berenice Celeyta Alayón; y 3-02 NOMADESC; REINICIAR, Colombia

         Detenidos en la Base Naval de Guantánamo, Estados Unidos

 

          III.      REUNIONES DE TRABAJO

 

Conforme a su práctica, la CIDH convocó y realizó una importante cantidad de reuniones de trabajo durante la segunda semana de sus sesiones.  Las reuniones abordaron varios casos y peticiones ---principalmente en fase de solución amistosa o de seguimiento— así como  medidas cautelares.  Las cuestiones abordadas en este marco se refirieron a Argentina, Bolivia, Colombia, Guatemala, Mexico, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela.   Igualmente, hubo reuniones de trabajo temáticas sobre radios comunitarias de Brasil y Chile, respectivamente.

 

La CIDH resalta con gran satisfacción el compromiso y el empeño demostrado por las partes con miras a avanzar en la búsqueda de acuerdos amistosos y las alienta a continuar con el proceso a fin de arribar a una solución conforme al objeto y fin de la Convención Americana y otros instrumentos aplicables. 

 

          Asimismo, la CIDH llevó a cabo varias reuniones de trabajo en procesos de solución amistosa sobre peticiones respecto a Argentina.  El desarrollo más notable en este sentido ha sido la firma de un acuerdo de solución amistosa en el caso sobre la muerte de Sergio Andrés Schiavini, según el cual el Estado argentino se comprometió a la búsqueda de justicia, y a llevar adelante reformas que se aplicarán tanto a dicho caso como a otros, y a implementar medidas de no repetición y reparación. 

En particular, la Comisión Interamericana saluda los importantes avances en el proceso de búsqueda de una solución amistosa en tres asuntos pendientes ante ella sobre la responsabilidad internacional de Colombia por las presuntas ejecuciones extrajudiciales de Tomás Tunaroza Cerinza y Salvador Rodríguez Macías (P11.022), John Wilson Rodríguez y Gabriel Adelfo Riano Prieto (P11.025), y las presuntas violaciones perpetradas contra César Chaparro Nivia y Vladimir Hincapié Galeano (Caso 11.026). 

También cabe mencionar que durante la reunión de trabajo sobre las medidas cautelares del Hospital Neuropsiquiátrico de Paraguay se logró un acuerdo entre las partes sobre varios aspectos de un plan para mejorar las condiciones de los pacientes de dicho hospital.  La CIDH celebra dicho acuerdo y destaca la implementación de dichas medidas cautelares por parte del Gobierno paraguayo como un ejemplo de buenas prácticas.  Igualmente, el papel desempeñado por los peticionarios y por la Organización Panamericana para la Salud fue vital para el avance de este asunto.

 

Otro importante avance se verificó durante una reunión de trabajo sobre el caso de los jubilados de la aerolínea venezolana VIASA (Empresa Venezolana Internacional de Aviación), en que se firmó un acuerdo entre el Estado y los peticionarios con miras a iniciar una serie de pasos concretos y efectivos hacia las reparaciones para las presuntas víctimas en el asunto.

 

          El Secretario Ejecutivo Santiago A. Canton participó asimismo en una reunión de trabajo con defensores de derechos humanos, a la que acudieron varios representantes de la sociedad civil de las Américas.  Los asuntos abordados incluyen varios problemas que impiden o afectan los esfuerzos para defender los Derechos humanos en la región, que van desde amenazas y asesinatos, hasta restricciones indebidas y otras formas de hostigamiento. 

 

IV.      RELATORÍAS

 

Esta sección contiene un breve resumen de algunas de las principales actividades desarrolladas a través de las Relatorías especiales de la Comisión Interamericana durante las sesiones y desde la reunión ordinaria de octubre de 2004 de la CIDH.

 

A.       Afrodescendientes y contra la discriminación racial

 

Durante el 122o período de sesiones, la Comisión Interamericana creó una Relatoría especial sobre los derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial.[3]  Las funciones de Relator Especial fueron confiadas al Comisionado Clare K. Roberts, quien recientemente fue elegido Presidente de la CIDH.  La Relatoría Especial de los Derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial se dedicará a estimular, sistematizar, fortalecer y consolidar la acción de la Comisión Interamericana en lo referente a dicha materia.  Los objetivos principales de la Relatoría Especial incluirán el trabajo con los Estados miembros de la OEA para los siguientes propósitos: generar conciencia del deber estatal de respetar los derechos de los afrodescendientes y la eliminación de todas las formas de discriminación racial; analizar los desafíos que actualmente enfrentan los países de la región en esta materia, formular recomendaciones para superar los obstáculos, e identificar y compartir las buenas prácticas en la región; además de observar y ofrecer cualquier asistencia técnica que sea requerida por los Estados miembros en la implementación de las recomendaciones en el ámbito interno, tanto en el derecho como en la práctica.

 

B.       Mujeres

 

Durante las sesiones, la Relatoría Especial de los Derechos de la Mujer emitió un comunicado de prensa el 8 de marzo, con el fin de conmemorar el Día Internacional de las Mujeres, y para destacar que 2005 marca el décimo aniversario de la adopción de la Plataforma de acción de Beijing y la entrada en vigor de la Convención Interamericana para la Prevención, Castigo y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (la “Convención de Belém do Pará”). [4]   Estos instrumentos reafirman la igualdad de género y el derecho humano de todas las mujeres de vivir libres de violencia.  A pesar de tales logros, siguen pendientes grandes desafíos en la protección de los Derechos de las mujeres, incluyendo la prevalencia de distintas formas de violencia y discriminación, así como las limitaciones al acceso a la justicia.  La Relatora Especial de la CIDH para los Derechos de las Mujeres, Comisionada Susana Villarán, reiteró su compromiso con la promoción de avances en los derechos de las mujeres e igualdad de género en la región mediante el uso de los instrumentos que ofrece el sistema interamericano de derechos humanos.  La promoción de la igualdad y la eliminación de todas las formas de discriminación son esenciales para lograr la protección de los derechos humanos y la consolidación de la democracia en el hemisferio.  La Relatoría Especial se halla concentrada actualmente en actividades referentes al acceso de las mujeres a la justicia.

 

C.      Pueblos indígenas

 

El Relator Especial de los derechos de los pueblos indígenas es el Comisionado José Zalaquett.  A través de la Relatoría, la CIDH ha continuado asesorando al Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del Proyecto de Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. La Comisión Interamericana valora el esfuerzo de los Estados miembros en el proceso de elaboración del Proyecto y celebra asimismo los logros alcanzados, tanto en lo que se refiere a los avances sustantivos en torno a la discusión del texto, como a la consolidación de la participación de los representantes de los pueblos indígenas.  La Relatoría ha continuado colaborando en la tramitación de las peticiones que tienen relación con derechos de los pueblos indígenas, en las que se ha notado un incremento significativo de denuncias de carácter colectivo sobre presuntas violaciones al derecho a la vida, la integridad personal, la  propiedad comunitaria y la identidad cultural de los pueblos indígenas. 

 

D.      Niños

         

El Relator Especial de los Derechos de la Niñez es el Comisionado Paulo Sérgio Pinheiro.  La Relatoría Especial siguió analizando la situación de niños y adolescentes en conflicto con la ley.  En diciembre de  2004, la CIDH y el Fondo de las Naciones Unidas para Infancia (UNICEF) llevaron a cabo una visita conjunta a El Salvador, Guatemala, y Honduras.[5] La delegación de la CIDH estaba integrada por el Relator Especial Paulo Sérgio Pinheiro y por el Relator Especial de los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, Comisionado Florentín Meléndez, con al asistencia de la secretaría Ejecutiva; UNICEF estuvo representada por la Dra. María Jesús Conde, Asesora de Protección de la Infancia para América Latina y el Caribe.  Los principales objetivos de la visita fueron recabar información sobre la situación de niños, niñas y adolescentes vinculados a los grupos conocidos como “maras” o “pandillas”; y conocer las condiciones de vida de las personas privadas de libertad. Respecto a otra información relevante sobre esta materia, recibida durante las sesiones, la CIDH tomó conocimiento de la decisión adoptada por la corte Suprema de los Estados Unidos, que determinó que la Constitución de dicho país prohíbe la ejecución de personas que han cometido crímenes cuando eran menores de dieciocho años.  La Relatoría Especial celebra esta decisión, cuyos principios son compatibles con la Convención Americana, la Convención de los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales de derechos humanos.  Asimismo, se realizó una reunión auspiciada por la Universidad Brown, en Estados Unidos, en la que profesores e integrantes de la CIDH intercambiaron estrategias acerca del fortalecimiento del trabajo de esta y otras Relatorías.

 

E.       Trabajadores migratorios y miembros de sus familias

 

Desde las anteriores sesiones, la Relatoría Especial en esta materia siguió participando en las sesiones del Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos.  Los Estados miembros están actualmente trabajando en dicho marco con miras a la elaboración de un programa interamericano para la promoción y protección de los derechos humanos de los trabajadores migratorios y sus familias.

 

F.       Personas privadas de libertad

 

El Comisionado Florentin Meléndez es el Relator de los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas.  Durante las sesiones, el Relator Especial emitió un comunicado de prensa en el que expresó profunda preocupación por los hechos violentos que tuvieron lugar entre el 6 y el 7 de marzo de 2005 en la prisión de Higüey, en República Dominicana.[6]  En dicha prisión, hubo un enfrentamiento violento entre internos, que dejó más de 100 personas muertas y varias docenas de heridos.  La Comisión Interamericana llamó a que el Estado dominicano adopte todas las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de los internos de Higüey, así como los de otros centros de detención del país.  El Relator Especial Meléndez visitó igualmente Guatemala y Honduras entre noviembre y  diciembre de 2004 para analizar en el terreno las condiciones de detención de adultos y de niños y adolescentes en conflicto con la ley. [7]   Además, informó al plenario de la Comisión lo referente a la visita de trabajo que llevó a cabo a Argentina del 13 al 17 de diciembre de 2004, por invitación de dicho Estado.  El Comisionado Meléndez realizó la visita como Relator para asuntos de Argentina, e igualmente en su carácter de Relator Especial para los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, con el principal objetivo de observar la situación de las prisiones del estado de Mendoza. La situación provocada por las matanzas, violencia e inseguridad en dichas instalaciones llevó a la Comisión Interamericana a adoptar medidas cautelares en agosto de 2004 a favor de las personas detenidas, los visitantes y quienes trabajan en ellas.  Ante nuevas matanzas y actos de violencia, la Comisión Interamericana decidió solicitar a la Corte Interamericana que ordenara medidas provisionales a favor de dichas personas, lo que efectivamente hizo dicho tribunal en noviembre de 2004.  La Corte está supervisando el cumplimiento de dichas medidas mediante el envío de informes periódicos de la Comisión Interamericana, el Estado y los peticionarios.  Durante la visita de trabajo a Argentina, el Relator también llevó a cabo reuniones referentes a varias peticiones y procesos de solución amistosa sobre dicho país.

 

G.      Libertad de expresión

 

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, a cargo del Dr. Eduardo Bertoni, es una oficina de carácter permanente, con independencia funcional y presupuesto propio, creada por la CIDH y que opera dentro del marco jurídico de ésta. El recientemente designado Relator Especial para la Libertad de expresión de la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, Comisionado Andrew Chigovera, realizó una visita oficial a la Oficina del Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión durante la semana del 28 de febrero al 4 de marzo de 2005.[8]  La visita constituyó una oportunidad para que ambos defensores de la libertad de expresión discutieran problemas en común que afectan tanto a África como a las Américas, y para que consideraran maneras en que ambos pueden cooperar para resolver tales  problemas, e intercambiar información sobre las estrategias para cumplir con los mandatos respectivos.  Al concluir la visita, ambos Relatores aprobaron una declaración conjunta en la que abordan algunos de los problemas que discutieron en el curso de las reuniones.  Específicamente, conversaron sobre la importancia de la libertad de expresión en una sistema democrático, y manifestaron su preocupación por las numerosas amenazas que afectan el ejercicio de este derecho en ambas regiones.

 

H.       Defensores de derechos humanos

 

El trabajo que realizan los defensores es fundamental para asegurar el pleno reconocimiento de los derechos básicos de cada persona.  Durante estas sesiones, la Comisión Interamericana se reunió con representantes de distintas organizaciones que suministraron información sobre la situación de los defensores de derechos humanos en el hemisferio.  Igualmente, se presentaron oportunidades para el intercambio informal con la Unidad de Defensores de Derechos Humanos.  En particular, la Comisión Interamericana recibió información sobre las dificultades que enfrentan los defensores de derechos humanos protegidos por medidas cautelares, debido a la falta de implementación de tales medidas por parte de los Estados miembros.  La Comisión reitera el carácter obligatorio de las medidas cautelares y, en particular, la importancia de cumplirlas debidamente, a fin de salvar las vidas de las personas que se hallan en riesgo en razón de su trabajo como defensores de derechos humanos.

 

V.      TRABAJO ANTE LA CORTE INTERAMERICANA

         

A.      Casos contenciosos

 

Desde el anterior período ordinario de sesiones de la Comisión Interamericana, se han sometido 6 nuevos casos a la jurisdicción contenciosa de la Corte:

 

1.      Gilson Nogueira de Carvalho, Brasil

2.      Servellón García y otros ("Cuatro Puntos Cardinales"), Honduras

3.      Comunidad indígena Sawhoyamaxa del Pueblo Enxet-Lengua y sus miembros, Paraguay

4.      Trabajadores cesados del  Congreso, Perú

5.      Bernabé Baldeón García, Perú

6.      Víctor Jesús Montero Aranguren y otros (Retén de Catia), Venezuela

 

B.       Sesiones de la Corte

 

          El 15 de noviembre de 2004, la Comisión Interamericana presentó sus argumentos orales finales en el Caso Caesar contra Trinidad y Tobago, durante el LXV período ordinario de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tuvo lugar desde dicha fecha hasta el 26 de noviembre de 2004 en San José, Costa Rica.

 

La Corte Interamericana está celebrando actualmente su LXVI período ordinario de sesiones, desde el 28 de febrero de 2005 hasta el 15 de marzo próximo.  La CIDH está representada ante la Corte, y ha comparecido a las audiencias sobre los siguientes asuntos:

Medidas provisionales

-         Comunidad de Paz de San José de Apartadó, Colombia

-         Comunidades de Jiguamiandó y Curbaradó, Colombia

Casos contenciosos 

-         Gutiérrez Soler, Colombia

(Excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas)

 

-         Masacre de Mapiripán, Colombia

(Excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas)

 

-         Dilcia Jean y Violeta Bosico, República Dominicana

(Excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas)

         

          -         Yatama, Nicaragua

          (Excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas)

         

-         Comunidad indígena de Yakye Axa, Paraguay

(Fondo y eventuales reparaciones y costas)

V.      SITUACIÓN FINANCIERA

 

La Comisión Interamericana sigue afectada adversamente por la severa crisis financiera de la OEA.  El problema fundamental que enfrenta la CIDH es el de insuficiencia de recursos humanos y presupuestaria, ya que constantemente recibe más peticiones y mandatos adicionales.  En 2003 la Comisión Interamericana recibió 1080 peticiones, y en 2004 la cifra aumentó a 1329.  Si se comparan las peticiones recibidas en 2000 con las de 2004, la cifra se ha duplicado.  Sin embargo, en proporción inversa, la Comisión Interamericana tiene cada vez menos personal y un presupuesto en constante reducción.  La situación es tan crítica que, por la primera vez en su historia, la CIDH se vio en la necesidad de tomar la decisión de cancelar su periodo de sesiones previsto para octubre de 2004.  Finalmente las sesiones se celebraron en virtud de una asignación extraordinaria de recursos decidida a último momento.  La Comisión Interamericana se ve enfrentada a las mismas limitaciones presupuestarias, con lo que nuevamente no es seguro que se pueda llevar a cabo el segundo periodo de sesiones previsto para el otoño del presente año.

 

La Comisión Interamericana es plenamente consciente de la crisis financiera que atraviesa la OEA.  Sin embargo, el porcentaje del presupuesto regular de la Organización asignado a la CIDH es de 3.8%.  Ante esta situación, la Comisión Interamericana apela respetuosamente a una solución pronta a la situación insostenible que la afecta. 

 

          En este contexto, la Comisión Interamericana destaca y agradece nuevamente los importantes aportes financieros efectuado por los gobiernos de Argentina, Brasil, Costa Rica, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, México y Suecia; igualmente, los recursos aportados por el Banco Interamericano de Desarrollo, la Comisión Europea, la Fundación Ford y la Universidad de Notre Dame. Este aporte contribuye de manera concreta al fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos en el hemisferio americano.

 

Durante las sesiones, el Gobierno de Brasil efectuó una contribución para financiar las actividades de la Relatoría Especial de los Derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial.  El Comisionado Clare K. Roberts, Relator Especial y Presidente de la CIDH, expresó “su inmensa gratitud al Gobierno brasileño, no solamente por esta contribución sino además por el liderazgo ejercido para traer la discusión política de esta situación a la OEA, y por el impulso de iniciativas concretas”.[9] 

 

          VI.      RESOLUCIÓN 1/05

 

          La CIDH adoptó y publicó la Resolución 1/05, en virtud de la cual reafirma las obligaciones internacionales de los estados miembros de la OEA de cumplir con sus medidas cautelares.  Dicha resolución reitera asimismo el compromiso ético y legal de cada uno de los Comisionados de no participar en la discusión, investigación, deliberación o decisión de asuntos presentados a la consideración de la CIDH cuando sean nacionales del Estado en cuestión, ya sea un asunto general o particular.  Se sigue con ello la práctica estricta de la Comisión Interamericana y la disposición expresa del artículo 17 de su Reglamento.[10]

 

Washington, D.C., 11 de marzo de 2005

[1] El artículo 61 del Reglamento de la Comisión Interamericana dispone:

El Estado en cuestión deberá otorgar las garantías pertinentes a todas las personas que concurran a una audiencia o que durante ella suministren a la Comisión informaciones, testimonios o pruebas de cualquier carácter.  Dicho Estado no podrá enjuiciar a los testigos ni a los peritos, ni ejercer represalias contra ellos o sus familiares, a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos ante la Comisión.

[2] Ver Comunicado de Prensa 5/05 de la CIDH, 7 de marzo de 2005.

[3] Ver Comunicado de Prensa 3/05 de la CIDH, 25 de febrero de 2005.

[4] Ver Comunicado de Prensa 7/05 de la CIDH, 8 de marzo de 2005.

[5] Ver Comunicado de Prensa conjunto de la CIDH y UNICEF No. 26/04, 4 de diciembre de 2004.

[6] Ver Comunicado de Prensa de la CIDH 6/05 de 7 de marzo de 2005.

[7] Ver Comunicado de Prensa conjunto de la CIDH y UNICEF No. 26/04, 4 de diciembre de 2004.

[8] Ver Comunicado de Prensa 116/05 de la Relatoría Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión, 4 de marzo de 2005.

[9] Ver CIDH, Comunicado de Prensa No. 4/05, 2 de marzo de 2005.

[10] El artículo 17 del Reglamento de la CIDH expresa, en lo pertinente:

2.         Los miembros de la Comisión no podrán participar en la discusión, investigación, deliberación o decisión de un asunto sometido a la consideración de la Comisión en los siguientes casos:

a.          si fuesen nacionales del Estado objeto de consideración general o específica o si estuviesen acreditados o cumpliendo una misión especial como agentes diplomáticos ante dicho Estado;

b.          si previamente hubiesen participado, a cualquier título, en alguna decisión sobre los mismos hechos en que se funda el asunto o si hubiesen actuado como consejeros o representantes de alguna de las partes interesadas en la decisión.

3.         En caso de que un miembro considere que debe abstenerse de participar en el examen o decisión del asunto comunicará dicha circunstancia a la Comisión, la cual decidirá si es procedente la inhibición.

4.            Cualquier miembro podrá suscitar la inhibición de otro miembro, fundado en las causales previstas en el párrafo 2 del presente artículo.

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